{"id":1756,"date":"2021-11-19T18:12:14","date_gmt":"2021-11-19T18:12:14","guid":{"rendered":"https:\/\/blogs.ugto.mx\/derecho\/?p=1756"},"modified":"2021-12-03T15:48:18","modified_gmt":"2021-12-03T15:48:18","slug":"clase-digital-4-inversion-extranjera","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blogs.ugto.mx\/derecho\/clase-digital-4-inversion-extranjera\/","title":{"rendered":"Clase digital 4. Inversi\u00f3n extranjera"},"content":{"rendered":"\n\n\n<div class=\"wp-block-cover has-background-dim-40 has-black-background-color has-background-dim\" style=\"min-height:284px;aspect-ratio:unset;\"><img decoding=\"async\" class=\"wp-block-cover__image-background wp-image-1759\" alt=\"\" src=\"data:image\/gif;base64,R0lGODlhAQABAIAAAAAAAP\/\/\/yH5BAEAAAAALAAAAAABAAEAAAIBRAA7\" data-src=\"https:\/\/blogs.ugto.mx\/derecho\/wp-content\/uploads\/sites\/67\/2021\/11\/lvfoii3sjq8.jpg\" style=\"object-position:63% 69%\" data-object-fit=\"cover\" data-object-position=\"63% 69%\" \/><noscript><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"1600\" height=\"1067\" class=\"wp-block-cover__image-background wp-image-1759\" alt=\"\" src=\"https:\/\/blogs.ugto.mx\/derecho\/wp-content\/uploads\/sites\/67\/2021\/11\/lvfoii3sjq8.jpg\" style=\"object-position:63% 69%\" data-object-fit=\"cover\" data-object-position=\"63% 69%\" srcset=\"https:\/\/blogs.ugto.mx\/derecho\/wp-content\/uploads\/sites\/67\/2021\/11\/lvfoii3sjq8.jpg 1600w, https:\/\/blogs.ugto.mx\/derecho\/wp-content\/uploads\/sites\/67\/2021\/11\/lvfoii3sjq8-300x200.jpg 300w, https:\/\/blogs.ugto.mx\/derecho\/wp-content\/uploads\/sites\/67\/2021\/11\/lvfoii3sjq8-1024x683.jpg 1024w, https:\/\/blogs.ugto.mx\/derecho\/wp-content\/uploads\/sites\/67\/2021\/11\/lvfoii3sjq8-768x512.jpg 768w, https:\/\/blogs.ugto.mx\/derecho\/wp-content\/uploads\/sites\/67\/2021\/11\/lvfoii3sjq8-1536x1024.jpg 1536w, https:\/\/blogs.ugto.mx\/derecho\/wp-content\/uploads\/sites\/67\/2021\/11\/lvfoii3sjq8-272x182.jpg 272w\" sizes=\"auto, (max-width: 1600px) 100vw, 1600px\" \/><\/noscript><div class=\"wp-block-cover__inner-container is-layout-flow wp-block-cover-is-layout-flow\">\n<p class=\"has-text-align-center has-large-font-size wp-block-paragraph\">Inversi\u00f3n extranjera<\/p>\n<\/div><\/div>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">1. Fundamentaci\u00f3n del tema<\/h2>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El presente tema corresponde a la UDA \u201cDerecho Internacional Privado\u201d, del 10\u00b0 semestre de la Licenciatura de Derecho. La importancia de conocerlo radica en identificar la inversi\u00f3n extranjera como concepto; su regulaci\u00f3n en leyes, reglamentos y directrices; as\u00ed como normativas nacionales e internacionales aplicables, comprendiendo as\u00ed el alcance de esta en un mundo globalizado y ante el tr\u00e1fico jur\u00eddico internacional.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Con esta base conceptual y normativa se podr\u00e1 identificar y comprender las generalidades de la inversi\u00f3n extranjera, para proceder al estudio de las protecciones contra el riesgo no comercial, otorgando as\u00ed seguridad jur\u00eddica y un an\u00e1lisis claro sobre el par\u00e1metro normativo consistente en los tratados internacionales aplicables a la materia. Adem\u00e1s, se estudiar\u00e1 la inversi\u00f3n extranjera en M\u00e9xico, permeando el estudio ante los supuestos (principalmente del T-MEC), ya que el licenciado en Derecho, al salir de la Universidad, debe de ponerse en el tablero de juego cuando hay un contacto con la misma, pues su papel debe llevar a cabo un papel cada vez m\u00e1s \u00edntegro, de acuerdo con la interacci\u00f3n ante los problemas que nacen del territorio mexicano; de su regulaci\u00f3n; del derecho interno. Existe una inseguridad jur\u00eddica que debe de ser limitada por el papel activo de estos operadores jur\u00eddicos como defensa, parte activa o incluso, como punta de lanza para el cambio normativo. Pues no s\u00f3lo se debe hacer frente a la configuraci\u00f3n de&nbsp; la inversi\u00f3n extranjera ante un contexto directo, sino que existen otros contextos que deben ser acreditados y regulados para otorgar derechos y obligaciones a los sujetos relacionados.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">2. Objetivo did\u00e1ctico<\/h2>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Se identificar\u00e1n las principales caracter\u00edsticas de la inversi\u00f3n extranjera, para analizar consecuentemente los tratados internacionales aplicables a la misma, otorgando obligaciones y derechos entre los sujetos vinculados. Adem\u00e1s, se presentar\u00e1n los elementos normativos aplicables a esta situaci\u00f3n, en el tr\u00e1fico jur\u00eddico internacional, bajo el panorama del Derecho Interno y la regulaci\u00f3n internacional vinculante (o no) ante el Estado Mexicano. Esto, para orientar el alcance de este derecho hacia las personas f\u00edsicas, las personas morales y las cosas, con el fin de proceder al an\u00e1lisis y justificaci\u00f3n de la causa, el objeto de la relaci\u00f3n jur\u00eddica, as\u00ed como los elementos y consecuencias para el Estado mexicano y las personas en sus relaciones privadas.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Se comprender\u00e1n y se\u00f1alar\u00e1n las protecciones contra el riesgo no comercial, as\u00ed como los est\u00e1ndares generales en algunos tratados importantes para M\u00e9xico, sobre todo por el alcance que tiene al interior y el exterior de las interacciones del Estado y su poblaci\u00f3n, pues existe una constante actualizaci\u00f3n ante una poblaci\u00f3n globalizada y cambiante en paradigmas. Se permear\u00e1 comprender las acciones y soluciones ante la inversi\u00f3n extranjera.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">3. Contenido did\u00e1ctico<\/h2>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">Introducci\u00f3n<\/h3>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u00a1Hola, compa\u00f1ero y compa\u00f1era! \u00bfQu\u00e9 tal tu d\u00eda? Deseo que te encuentres s\u00faper. Te acompa\u00f1ar\u00e9 en esta ocasi\u00f3n en tu recorrido, por ello, te doy la bienvenida a este recurso did\u00e1ctico. Si has llegado a esta herramienta te aseguro que aclarar\u00e1s tus dudas y te ser\u00e1 f\u00e1cil encontrar el material que necesitas. No requieres m\u00e1s que una buena actitud para aprender nuevas ideas y tener una posici\u00f3n cr\u00edtica en este esquema actual, en el cual el Derecho, se vincula con todos los Estados del mundo. Piensa entonces tu papel en esta interacci\u00f3n con otras personas y con el mundo globalizado.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En este recurso nos adentraremos en el estudio de la inversi\u00f3n extranjera, bajo el panorama nacional e internacional aplicable en M\u00e9xico, ya que ante un mundo globalizado, actualizable y cada vez m\u00e1s comunicado con otros pa\u00edses, debemos de comenzar a estudiar las nuevas interacciones de las personas (ya sea por una condici\u00f3n jur\u00eddica de los extranjeros o porque existen fen\u00f3menos a causa de este tr\u00e1fico jur\u00eddico internacional que causan un efecto domin\u00f3 en los pa\u00edses que no son de primer mundo). Debemos de adelantar que principalmente la inversi\u00f3n extranjera viene acompa\u00f1ada de una gran interacci\u00f3n con una potencia mundial o con las exigencias de \u00e9ste. Antes de esto, es importante resaltar que M\u00e9xico no se puede quedar atr\u00e1s; marginados ante los cambios radicales.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Te llevar\u00e9 de la mano en el proceso para identificar la regulaci\u00f3n del sistema jur\u00eddico mexicano; es decir, nuestro derecho interno, sobre todo, analizando las leyes que sean aplicables a la materia de estudio; su fuente constitucional, bajo la \u00f3ptica del derecho internacional con sus tratados aplicables. Lo anterior, para que integres estos elementos en los casos pr\u00e1cticos que se presenten o en los que t\u00fa interact\u00faas como parte de la globalizaci\u00f3n, pues se trata de un tema que integra un eje fundamental que marca las pautas de soluci\u00f3n de conflictos que se llevan a cabo de forma privada, pero a nivel internacional.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Recuerda que: \u201c[..] el Derecho Internacional Privado es una t\u00e9cnica jur\u00eddica cuya funci\u00f3n es decir qu\u00e9 derecho debe aplicarse ante un problema jur\u00eddico, por lo que si no hay una disposici\u00f3n que lo determine, se corre el riesgo de carecer de una v\u00eda de soluci\u00f3n, lo que dar\u00eda lugar a la denegaci\u00f3n de justicia, cuya terrible consecuencia ser\u00eda la impunidad, y su efecto, hacerse justicia por propia mano, y ante esta situaci\u00f3n debemos ser actores activos en el cambio de paradigma para la soluci\u00f3n de los conflictos jur\u00eddicos privados.\u201d (Mansilla, 2015: 14).<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Por ello, una situaci\u00f3n constante en M\u00e9xico y en el mundo, es el incesante intercambio de aspectos sociales; como el idioma, la cultura, la historia, el dinero y los productos o servicios. De tal forma que:<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">[\u2026] desde la d\u00e9cada de los ochenta, M\u00e9xico inici\u00f3 un proceso de transformaci\u00f3n sustantiva de su modelo de desarrollo econ\u00f3mico. En una s\u00edntesis muy apretada, se abandon\u00f3 \u2014por agotamiento\u2014 el modelo de econom\u00eda cerrada basada en la sustituci\u00f3n de importaciones, para iniciar el proceso de apertura de mercados, liberalizaci\u00f3n, desregulaci\u00f3n y control del d\u00e9ficit p\u00fablico. Conforme esta l\u00f3gica se redujeron las barreras al comercio (aranceles y otras medidas no arancelarias), se adoptaron tasas de cambio flexibles, se modific\u00f3 la legislaci\u00f3n en materia de inversi\u00f3n extranjera, se eliminaron las restricciones a los flujos de capital, se privatizaron algunas empresas p\u00fablicas y se privilegi\u00f3 el equilibrio macroecon\u00f3mico como premisa para el crecimiento. Estas medidas fueron dise\u00f1adas en gran medida para responder a los problemas que enfrentaba la regi\u00f3n. El Premio Nobel de Econom\u00eda, Joseph Stiglitz, ha escrito al respecto: En los a\u00f1os ochenta los gobiernos de dichos pa\u00edses [de Am\u00e9rica Latina] hab\u00edan tenido a menudo grandes d\u00e9ficits. Las p\u00e9rdidas en las ineficientes empresas p\u00fablicas contribuyeron a dichos d\u00e9ficits. Aisladas de la competencia gracias a medidas proteccionistas, las empresas privadas ineficientes forzaron a los consumidores a pagar precios elevados. La pol\u00edtica monetaria laxa hizo que la inflaci\u00f3n se descontrolara. Los pa\u00edses no pueden mantener d\u00e9ficits abultados y el crecimiento sostenido no es posible con hiperinflaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Es importante destacar que este proceso de cambio no fue exclusivo de M\u00e9xico, sino que se inscribi\u00f3 dentro de corrientes mayores de transformaci\u00f3n relacionadas con la \u00abglobalizaci\u00f3n\u00bb de la econom\u00eda y una reorientaci\u00f3n del papel del Estado que fue com\u00fan, con matices propios en cada pa\u00eds, a la regi\u00f3n de Am\u00e9rica Latina y en general, a otras regiones del mundo como el sureste asi\u00e1tico y Europa oriental. De este modo, junto con el cambio econ\u00f3mico se configur\u00f3 una transici\u00f3n hacia un Estado latinoamericano bajo los paradigmas globales de democracia, mercado y Estado de derecho.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Una de las consecuencias m\u00e1s importantes del cambio de modelo econ\u00f3mico lo constituy\u00f3 el proceso de integraci\u00f3n al sistema econ\u00f3mico internacional y, en particular, al del continente americano. En este proceso, M\u00e9xico determin\u00f3 jugar un papel muy activo que buscaba aprovechar al m\u00e1ximo sus ventajas competitivas y desarrollar una estrategia que lo posicionara como un lugar atractivo para la inversi\u00f3n y el comercio internacional.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-text-align-right wp-block-paragraph\">(Recuperado de L\u00f3pez y Posadas, 2006: 3-4)<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Por lo anterior, como podemos apreciar, M\u00e9xico ha tenido que buscar las mejores formas de enfrentar el intercambio econ\u00f3mico y de productos, principalmente por ser uno de los pa\u00edses que se utiliza de \u201cpaso\u201d o por ser \u201ces receptor y paso necesario de personas migrantes provenientes de Centroam\u00e9rica, principalmente de los pa\u00edses del llamado Tri\u00e1ngulo Norte de Centroam\u00e9rica (Guatemala, Honduras, El Salvador), registrando a\u00f1o con a\u00f1o un aumento significativo en dicho flujo migratorio.\u201d (Comisi\u00f3n Nacional de Derecho Humanos, 2020: p\u00e1rr. 11)<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">S\u00f3lo me queda recordarte que, ante las presiones internacionales, es importante destacar las protecciones contra los riesgos no comerciales, comprendiendo los alcances de los tratados m\u00e1s comunes (como el actual T-MEC, aunque no es el \u00fanico, por ello te recomiendo ampliar tu panorama de visi\u00f3n y proceder al estudio sistem\u00e1tico de otros tratados de protecci\u00f3n).<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">As\u00ed que adelante, te deseo mucho \u00e9xito y recuerda que en cualquier momento puedes regresar, avanzar y tener informaci\u00f3n o herramientas a lo largo de tu recorrido en este recurso para ampliar tu conocimiento.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u00a1Vamos compa\u00f1ero y compa\u00f1era! \u00bfte parece si comenzamos?<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">Desarrollo del tema&nbsp;<\/h3>\n\n\n\n<h4 class=\"wp-block-heading\">4.1. Concepto de inversi\u00f3n<\/h4>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u201cLa inversi\u00f3n, seg\u00fan el Diccionario de la Lengua Espa\u00f1ola, es \u00b4colocar los caudales en aplicaciones productivas\u00b4.\u201d (Universidad de las Am\u00e9ricas de Puebla, s.f.: .1).<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Por otro lado, \u201cSeg\u00fan Jorge C\u00e1rdenas de Centrum Cat\u00f3lica, la inversi\u00f3n consiste en \u201csacrificar hoy un recurso con la esperanza de tener m\u00e1s en el futuro\u201d. (1)<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u201cOtra acepci\u00f3n del t\u00e9rmino inversi\u00f3n, la define como cualquier activo o derecho de propiedad adquirido o pose\u00eddo con el prop\u00f3sito de conservar el capital u obtener una ganancia.\u201d (1)<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u201cSeg\u00fan Amling, la inversi\u00f3n puede ser definida como la compra de cualquier activo real o financiero, que ofrece una utilidad en forma de capital, ganancia, inter\u00e9s o dividendo.\u201d (1)<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Asimismo, la inversi\u00f3n se conoce como el sacrificio que se hace de dinero actual para obtener m\u00e1s en el futuro. La inversi\u00f3n generalmente incluye dos elementos: tiempo y riesgo.&nbsp; El sacrificio es tomado en el presente y es real, mientras que la ganancia se genera en el futuro y es generalmente incierta. (1-2):<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Considero que es adecuado el t\u00e9rmino inversi\u00f3n al definirse como \u201cel aporte de recursos con fines productivos o de reproducci\u00f3n de capital, es decir, que el valor de la cantidad o capital aportado aumente o produzca un retorno positivo para que haya una ganancia.\u201d (2).<\/p>\n\n\n\n<h4 class=\"wp-block-heading\">4.2. Aspectos generales de la Inversi\u00f3n Extranjera.<\/h4>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li>Los periodos de vida de una inversi\u00f3n pueden ser de corto o largo plazo. Las inversiones de corto plazo vencen al t\u00e9rmino de un a\u00f1o o antes, mientras que las de largo plazo son aquellas con vencimiento m\u00e1s prolongado o mayores a un a\u00f1o. (Universidad de las Am\u00e9ricas de Puebla: 2).<\/li><li>La inversi\u00f3n puede llevarse a cabo de varias maneras. Una consiste en seguir planes cuidadosamente elaborados para hacer posible el cumplimiento de metas espec\u00edficas. La otra, opuesta a la anterior, es el azaroso m\u00e9todo que consiste en guiarse por la intuici\u00f3n. En cuanto m\u00e1s l\u00f3gico sea el m\u00e9todo utilizado, mejores ser\u00e1n los resultados, en consecuencia, un inversionista serio debe planear, desarrollar y ejecutar un programa de inversi\u00f3n que vaya de acuerdo con las metas financieras a las que se pretenda llegar (2).<\/li><\/ul>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Si quieres saber m\u00e1s, visita el siguiente enlace sobre <a href=\"https:\/\/www.cepal.org\/sites\/default\/files\/publication\/files\/46450\/S2000595_es.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\">La Inversi\u00f3n Extranjera Directa en Am\u00e9rica Latina y el Caribe, visto desde las Naciones Unidas<\/a>,: <\/p>\n\n\n\n<h4 class=\"wp-block-heading\">4.3. Tipos de inversi\u00f3n:<\/h4>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Ahora proseguimos a estudiar los tipos de inversi\u00f3n:<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u201calgunos autores la dividen en directa e indirecta, otros en real y financiera y una clasificaci\u00f3n m\u00e1s espec\u00edfica es la inversi\u00f3n extranjera directa e inversi\u00f3n extranjera de portafolio.\u201d (Universidad de las Am\u00e9ricas de Puebla: 2)<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Revista la siguiente informaci\u00f3n:<\/p>\n\n\n\n<h5 class=\"wp-block-heading\">Inversi\u00f3n extranjera<\/h5>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Inversi\u00f3n extranjera directa e inversi\u00f3n extranjera de portafolio.<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li>La Inversi\u00f3n Extranjera Directa (IED) se da cuando una persona moral o f\u00edsica invierte directamente en medios para producir y\/o comercializar un producto en un pa\u00eds extranjero. Para que se considere como IED, la empresa o persona f\u00edsica debe realizar una inversi\u00f3n del 10% o m\u00e1s. Una vez que se lleva acabo una IED se considera una empresa multinacional. (Universidad de las Am\u00e9ricas de Puebla: 4)<\/li><li>La Inversi\u00f3n Extranjera de Portafolio (IEP) es la inversi\u00f3n hecha por individuos, firmas o cuerpos p\u00fablicos, en instrumentos financieros como son: bonos gubernamentales o acciones extranjeras, este tipo de inversi\u00f3n no implica la adquisici\u00f3n de una parte significativa de capital en una entidad empresarial extranjera. (Universidad de las Am\u00e9ricas de Puebla: 5<\/li><li>La IED es una de las m\u00e1s atractivas, ya que permite intervenir en la administraci\u00f3n de la empresa en la que se hizo la inversi\u00f3n y no est\u00e1 totalmente expuesta a los riesgos de la IEP, aunque \u00e9sta no deja de ser atractiva.(Universidad de las Am\u00e9ricas de Puebla: 5)<\/li><\/ul>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-image\"><figure class=\"aligncenter size-large\"><img decoding=\"async\" src=\"data:image\/gif;base64,R0lGODlhAQABAIAAAAAAAP\/\/\/yH5BAEAAAAALAAAAAABAAEAAAIBRAA7\" data-src=\"https:\/\/blogs.ugto.mx\/derecho\/wp-content\/uploads\/sites\/67\/2021\/11\/unrkg2jh1j0-1024x678.jpg\" alt=\"Derecho Internacional Privado Inversi\u00f3n extranjera2\" class=\"wp-image-1760\" \/><noscript><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"1024\" height=\"678\" src=\"https:\/\/blogs.ugto.mx\/derecho\/wp-content\/uploads\/sites\/67\/2021\/11\/unrkg2jh1j0-1024x678.jpg\" alt=\"Derecho Internacional Privado Inversi\u00f3n extranjera2\" class=\"wp-image-1760\" srcset=\"https:\/\/blogs.ugto.mx\/derecho\/wp-content\/uploads\/sites\/67\/2021\/11\/unrkg2jh1j0-1024x678.jpg 1024w, https:\/\/blogs.ugto.mx\/derecho\/wp-content\/uploads\/sites\/67\/2021\/11\/unrkg2jh1j0-300x199.jpg 300w, https:\/\/blogs.ugto.mx\/derecho\/wp-content\/uploads\/sites\/67\/2021\/11\/unrkg2jh1j0-768x509.jpg 768w, https:\/\/blogs.ugto.mx\/derecho\/wp-content\/uploads\/sites\/67\/2021\/11\/unrkg2jh1j0-1536x1018.jpg 1536w, https:\/\/blogs.ugto.mx\/derecho\/wp-content\/uploads\/sites\/67\/2021\/11\/unrkg2jh1j0.jpg 1600w\" sizes=\"auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px\" \/><\/noscript><figcaption>Imagen 1: La Inversi\u00f3n Extranjera Directa (IED) se da cuando una persona moral o f\u00edsica invierte directamente en medios para producir y\/o comercializar un producto en un pa\u00eds extranjero. <\/figcaption><\/figure><\/div>\n\n\n\n<h5 class=\"wp-block-heading\">Inversi\u00f3n Extranjera Directa horizontal y vertical<\/h5>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li>\u00abLa inversi\u00f3n extranjera directa se divide en dos.\u00bb (Universidad de las Am\u00e9ricas de Puebla: 5)<\/li><li>Primero, la IED horizontal, que se refiere a que hay una IED en la misma industria, como si la empresa operara en el mercado local, en otras palabras, cuando se abre una sucursal o subsidiaria.(Universidad de las Am\u00e9ricas de Puebla, s.f.: p.5)<\/li><li>\u00abSegundo, la IED vertical, la cual adopta dos formas\u00bb(Universidad de las Am\u00e9ricas de Puebla, s.f.: p.5):<\/li><li>La primera es hacia atr\u00e1s en una industria extranjera que proporciona insumos para los procesos de producci\u00f3n de una compa\u00f1\u00eda; este tipo de inversi\u00f3n se ha centrado a lo largo del tiempo en las industrias extractivas, con el objeto de proporcionar los insumos a las operaciones subsecuentes de una firma, por ejemplo, refinamiento de petr\u00f3leo y fabricaci\u00f3n de aluminio. (Universidad de las Am\u00e9ricas de Puebla: 5)<\/li><li>La segunda forma es hacia delante y consiste en la realizaci\u00f3n de una IED en una industria en el extranjero que vende los resultados de los procesos de producci\u00f3n de una empresa, es decir, el producto terminado. Este tipo de inversi\u00f3n es menos frecuente. (Universidad de las Am\u00e9ricas de Puebla:&nbsp; 5-6)<\/li><\/ul>\n\n\n\n<h5 class=\"wp-block-heading\">Inversi\u00f3n neutra o fideicomisos<\/h5>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li>Autorizaci\u00f3n para que sociedades mexicanas (constituidas o por constituirse) se alleguen de capital for\u00e1neo para expandir sus operaciones, mediante la transmisi\u00f3n de acciones o partes sociales a un fideicomiso. Adicionalmente, tambi\u00e9n puede solicitar la autorizaci\u00f3n la instituci\u00f3n fiduciaria que pretenda fungir como tal en el contrato de fideicomiso.&nbsp;<\/li><\/ul>\n\n\n\n<p class=\"has-text-align-right wp-block-paragraph\">(Informaci\u00f3n recuperada de: Universidad de las Am\u00e9ricas de Puebla: 4)<\/p>\n\n\n\n<h4 class=\"wp-block-heading\">4. Protecciones contra riesgos no comerciales<\/h4>\n\n\n\n<h5 class=\"wp-block-heading\">4.4.1. Organismo Multilateral de Garant\u00eda de Inversiones (MIGA)<\/h5>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Este organismo es miembro del Grupo Banco Mundial. Su misi\u00f3n es promover la inversi\u00f3n extranjera directa en pa\u00edses en desarrollo ofreciendo garant\u00edas (seguros contra riesgos pol\u00edticos y mejoramiento del cr\u00e9dito) a inversionistas y prestamistas. Las garant\u00edas del MIGA protegen las inversiones contra riesgos no comerciales y pueden ayudar a los inversionistas a acceder a fuentes de financiamiento con mejores condiciones y t\u00e9rminos financieros. El organismo deriva sus ventajas excepcionales del Grupo Banco Mundial y de su estructura como organismo internacional que incluye entre sus accionistas a la mayor\u00eda de los pa\u00edses. Esto le permite proporcionar una protecci\u00f3n disuasiva contra medidas gubernamentales que podr\u00edan causar trastornos en los proyectos y asistir en la soluci\u00f3n de diferencias entre los inversionistas y los Gobiernos. MIGA tambi\u00e9n agrega valor mediante su capacidad para ofrecer a los clientes un profundo conocimiento de los mercados emergentes y de las mejores pr\u00e1cticas internacionales en materia de gesti\u00f3n ambiental y social. El organismo mantiene una relaci\u00f3n muy estrecha con los aseguradores p\u00fablicos y privados contra riesgos pol\u00edticos a fin de aumentar la capacidad para brindar seguros. Asimismo, se puede desempe\u00f1ar como organizador de las necesidades totales de seguro de un proyecto.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-text-align-right wp-block-paragraph\">(Recuperado de Organismo Multilateral de Garant\u00eda de Inversiones, 2015: 1).<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>4.4.1.1. Riesgos pol\u00edticos cubiertos por MIGA<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><em>4.4.1.1.1. Inconvertibilidad de la moneda y restricciones a la transferencia.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Se brinda protecci\u00f3n contra las p\u00e9rdidas de un inversionista ocasionadas por la imposibilidad de convertir legalmente moneda local (capital, intereses, principal, ganancias, regal\u00edas y otras transferencias) a moneda extranjera y\/o transferir la moneda local o extranjera a otro pa\u00eds cuando dicha situaci\u00f3n es generada por medidas que el Gobierno pudiera haber adoptado u omitido adoptar. La depreciaci\u00f3n monetaria no est\u00e1 cubierta. En el caso de que se presente una reclamaci\u00f3n, MIGA paga la indemnizaci\u00f3n en la moneda especificada en el contrato de garant\u00eda. (Organismo Multilateral de Garant\u00eda de Inversiones: 2)<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"> <em>4.4.1.1.<\/em>2. Expropiaci\u00f3n furtiva<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Se brinda protecci\u00f3n contra las p\u00e9rdidas derivadas de determinadas medidas adoptadas por el gobierno que tengan el efecto de privar al tenedor de una garant\u00eda de la propiedad, el control o sus derechos sobre la inversi\u00f3n, o de limitarlos en alguna medida. Adem\u00e1s de la nacionalizaci\u00f3n y confiscaci\u00f3n directa, tambi\u00e9n se cubre la expropiaci\u00f3n progresiva, es decir, una serie de actos que, con el correr del tiempo, tienen un efecto expropiatorio. Se dispone de cobertura limitada para la expropiaci\u00f3n parcial (por ejemplo, la confiscaci\u00f3n de fondos o activos tangibles). En el caso de la expropiaci\u00f3n total de las inversiones en capital social, la indemnizaci\u00f3n al asegurado se basa en el valor neto en libros de la inversi\u00f3n asegurada. En el caso de la expropiaci\u00f3n de fondos, MIGA paga la parte asegurada de los fondos bloqueados. En el caso de los pr\u00e9stamos y las garant\u00edas de pr\u00e9stamos, MIGA puede asegurar el monto del principal pendiente de amortizaci\u00f3n y los intereses devengados e impagos. La indemnizaci\u00f3n ser\u00e1 pagada contra la cesi\u00f3n a MIGA de la participaci\u00f3n del inversionista en la inversi\u00f3n expropiada (por ejemplo, las acciones en el capital social o la participaci\u00f3n en un convenio de pr\u00e9stamo).&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-text-align-right wp-block-paragraph\">(Recuperado de Organismo Multilateral de Garant\u00eda de Inversiones; 2).<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"> <em>4.4.1.1.<\/em>3. Riesgo b\u00e9lico, revueltas populares y terrorismo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Se brinda protecci\u00f3n contra la p\u00e9rdida, destrucci\u00f3n o desaparici\u00f3n de activos tangibles o los da\u00f1os causados a ellos, o contra la interrupci\u00f3n total de la actividad comercial (la total imposibilidad de llevar a cabo operaciones esenciales para la viabilidad financiera del proyecto en general) causados por actos de guerra o disturbios civiles fundados con motivos pol\u00edticos en el pa\u00eds, incluida una revoluci\u00f3n, insurrecci\u00f3n, golpe de Estado, sabotaje y terrorismo.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La cobertura protege contra las p\u00e9rdidas atribuibles directamente al da\u00f1o f\u00edsico a los activos y la interrupci\u00f3n total de la actividad comercial. En el caso de esta \u00faltima, la indemnizaci\u00f3n se basar\u00eda en el valor neto en libros de la totalidad de la inversi\u00f3n en capital social que estaba asegurada o la parte asegurada de los pagos del principal e intereses que se encuentren en mora como resultado directo de la situaci\u00f3n de guerra o disturbio civil contra la que se ha asegurado. En el caso de las p\u00e9rdidas de activos tangibles, MIGA pagar\u00e1 el porcentaje correspondiente al inversionista del valor en libros de los activos del proyecto, el costo de reposici\u00f3n o el costo de reparaci\u00f3n de los activos da\u00f1ados, seg\u00fan cu\u00e1l de esos importes sea menor.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Tambi\u00e9n puede incluirse, a pedido del inversionista, la interrupci\u00f3n temporal de la actividad comercial, y se cubrir\u00edan tres motivos de interrupci\u00f3n: da\u00f1o de los activos, abandono forzado y p\u00e9rdida de uso. En el caso de las interrupciones de corto plazo de la actividad comercial, MIGA pagar\u00e1 los gastos continuos inevitables y los gastos extraordinarios asociados al reinicio de las operaciones y el lucro cesante o, en el caso de los pr\u00e9stamos, los pagos no efectuados. Esta cobertura abarca no solo la violencia en el pa\u00eds receptor dirigida contra el Gobierno de ese pa\u00eds, sino tambi\u00e9n contra Gobiernos o inversiones extranjeros, incluidos el Gobierno o la nacionalidad del inversionista.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-text-align-right wp-block-paragraph\">(Recuperado de Organismo Multilateral de Garant\u00eda de Inversiones: 2)<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Si quieres saber m\u00e1s sobre otros mecanismos te recomiendo que visites los siguientes recursos complementarios:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li><a href=\"https:\/\/www.miga.org\/sites\/default\/files\/archive\/Documents\/IGG_Spanish_final.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\">GU\u00cdA SOBRE LA GARANT\u00cdA DE INVERSIONES<\/a><\/li><li><a href=\"https:\/\/aif.bancomundial.org\/financing\/mecanismo-de-garant-de-miga-mgm\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\">Mecanismo de Garant\u00edas de MIGA (MGM)<\/a><\/li><li><a href=\"https:\/\/www.miga.org\/press-release\/el-mecanismo-con-procedimiento-de-tramitacion-acelerado-de-miga-de-usd-6500-millones\">El mecanismo con procedimiento de tramitaci\u00f3n acelerado de MIGA de USD 6.500 millones ayudar\u00e1 a inversionistas y prestamistas a hacer frente a la COVID-1<\/a>9<\/li><\/ul>\n\n\n\n<h5 class=\"wp-block-heading\">4.4.2. Instrumentos de protecci\u00f3n internacionales de la inversi\u00f3n extranjera.<\/h5>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Partiremos que los Acuerdos Internacionales de Inversi\u00f3n (AII\/Alls), y su universo:&nbsp;.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El sistema de AII abarca desde hace tiempo todas las regiones y en la actualidad casi todos los pa\u00edses del mundo son parte al menos en un AII, y la gran mayor\u00eda en varios. A finales de 2007, el n\u00famero de AII conocidos superaba los 5.500, sumando m\u00e1s de 2.600 los TBI y de 2.700 los tratados para evitar la doble tributaci\u00f3n (TDT) y llegando a 254 otros tratados de cooperaci\u00f3n econ\u00f3mica que incorporaban disposiciones referentes a la inversi\u00f3n (denominados en adelante \u00abAcuerdos de inversi\u00f3n y comercio preferencial\u00bb o \u00abAICP\u00bb) (UNCTAD 2008a, 2007b, 2006a). Esta notable actividad negociadora refleja el prop\u00f3sito de los pa\u00edses participantes de ofrecer a la inversi\u00f3n extranjera un nivel de estabilidad y transparencia superior al establecido por su legislaci\u00f3n interna. Por consiguiente, es un complemento de la tendencia general a una continua liberalizaci\u00f3n de la inversi\u00f3n que muestra la mayor\u00eda de los pa\u00edses del mundo. La creciente variedad y complejidad de los AII ofrece nuevas oportunidades a los pa\u00edses para negociar acuerdos y utilizarlos como instrumento para lograr sus objetivos de desarrollo, pero tambi\u00e9n crea dificultades sin precedentes cuando se quiere negociar el acuerdo \u00abadecuado\u00bb, lograr el cumplimiento correcto de las obligaciones que establecen los AII y mantener la coherencia y transparencia del sistema de AII. El peligro de caer en la incoherencia tiene particular relevancia para los pa\u00edses en desarrollo, que disponen de menos experiencia y conocimientos t\u00e9cnicos sobre los AII, experimentan frecuentes cambios de pol\u00edticas y tienen un poder negociador d\u00e9bil. Adem\u00e1s, los pa\u00edses en desarrollo que act\u00faan por su cuenta pueden encontrarse con dificultades para conseguir que se tenga debidamente en cuenta la dimensi\u00f3n de desarrollo en los AII y conservar una flexibilidad reguladora suficiente para defender sus propios objetivos de desarrollo econ\u00f3mico y social.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-text-align-right wp-block-paragraph\">(Recuperado de Naciones, 2008: 17)<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La regulaci\u00f3n internacional de la inversi\u00f3n extranjera en los \u00faltimos sesenta a\u00f1os se produjo en dos etapas. La primera empez\u00f3 al t\u00e9rmino de la segunda guerra mundial y prosigui\u00f3 hasta finales de los a\u00f1os ochenta, cuando la antigua Uni\u00f3n Sovi\u00e9tica se hundi\u00f3 y se puso en marcha un movimiento global de liberalizaci\u00f3n econ\u00f3mica. La segunda etapa se inici\u00f3 a finales de los a\u00f1os ochenta y prosigue hasta nuestros d\u00edas. Para valorar los retos que este sistema plantea a los pa\u00edses, en particular los pa\u00edses en desarrollo, as\u00ed como las posibilidades de hacerles frente con eficacia, es fundamental entender el origen y el desarrollo del sistema actual de los AII.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-text-align-right wp-block-paragraph\">(Recuperado de Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo y ONU: 19)<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Si quieres saber m\u00e1s al respecto, revisa el documento <a href=\"https:\/\/unctad.org\/es\/system\/files\/official-document\/iteiit20073_sp.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\">REGULACI\u00d3N INTERNACIONAL DE LA INVERSI\u00d3N: BALANCE, RETOS Y CAMINO A SEGUIR<\/a><\/p>\n\n\n\n<h5 class=\"wp-block-heading\">4.4.3. U, S International Development Finance Corporation (DFC)<\/h5>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Es el banco de desarrollo de Estados Unidos. DFC se asocia con el sector privado para financiar soluciones a los desaf\u00edos m\u00e1s cr\u00edticos que enfrenta el mundo en desarrollo en la actualidad.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Invierte en sectores que incluyen energ\u00eda, salud, infraestructura cr\u00edtica y tecnolog\u00eda. DFC tambi\u00e9n proporciona financiaci\u00f3n para peque\u00f1as empresas y mujeres emprendedoras con el fin de crear puestos de trabajo en los mercados emergentes. Las inversiones de DFC se adhieren a altos est\u00e1ndares y respetan el medio ambiente, los derechos humanos y los derechos de los trabajadores.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">DFC convierte a Estados Unidos en un l\u00edder m\u00e1s fuerte y competitivo en la etapa de desarrollo global con una mayor capacidad para asociarse con aliados en proyectos transformadores. Adem\u00e1s, proporcionamos al mundo en desarrollo alternativas financieramente s\u00f3lidas a las iniciativas estatales insostenibles e irresponsables.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-text-align-right wp-block-paragraph\">(Recuperado de U, S International Development Finance Corporation (DFC), 2021: 1-3)<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>\u00bfSabes qu\u00e9 ofrece?<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Revisa el siguiente esquema:<\/p>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-image\"><figure class=\"aligncenter size-large\"><img decoding=\"async\" src=\"data:image\/gif;base64,R0lGODlhAQABAIAAAAAAAP\/\/\/yH5BAEAAAAALAAAAAABAAEAAAIBRAA7\" data-src=\"https:\/\/blogs.ugto.mx\/derecho\/wp-content\/uploads\/sites\/67\/2021\/11\/Inversiones-de-capital-1024x265.png\" alt=\"Inversio\u0301n Extranjera\" class=\"wp-image-2344\" \/><noscript><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"1024\" height=\"265\" src=\"https:\/\/blogs.ugto.mx\/derecho\/wp-content\/uploads\/sites\/67\/2021\/11\/Inversiones-de-capital-1024x265.png\" alt=\"Inversio\u0301n Extranjera\" class=\"wp-image-2344\" srcset=\"https:\/\/blogs.ugto.mx\/derecho\/wp-content\/uploads\/sites\/67\/2021\/11\/Inversiones-de-capital-1024x265.png 1024w, https:\/\/blogs.ugto.mx\/derecho\/wp-content\/uploads\/sites\/67\/2021\/11\/Inversiones-de-capital-300x78.png 300w, https:\/\/blogs.ugto.mx\/derecho\/wp-content\/uploads\/sites\/67\/2021\/11\/Inversiones-de-capital-768x198.png 768w, https:\/\/blogs.ugto.mx\/derecho\/wp-content\/uploads\/sites\/67\/2021\/11\/Inversiones-de-capital.png 1107w\" sizes=\"auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px\" \/><\/noscript><figcaption>(Recuperado de U, S International Development Finance Corporation (DFC), 2021 \u201cInvesting in Development\u201d)<\/figcaption><\/figure><\/div>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Recuerda que:<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El Overseas Private Investment Corporation (OPIC), se transform\u00f3 en Corporaci\u00f3n Financiera Internacional para el Desarrollo de los Estados Unidos o U.S International Development Finance Corporation.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Si quieres sabes m\u00e1s, visita el siguiente sitio (<a href=\"https:\/\/www.dfc.gov\/\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\">Ingresar<\/a>)<\/p>\n\n\n\n<h5 class=\"wp-block-heading\">4.4.4. Tratados bilaterales de Inversi\u00f3n (BIT)<\/h5>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Tratados bilaterales de inversi\u00f3n (BIT) son acuerdos internacionales entre dos Estados sobre los t\u00e9rminos de inversi\u00f3n extranjera privada por parte de nacionales de un Estado en otro Estado.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Dichos tratados tienen por objeto alentar la inversi\u00f3n extranjera directa en los Estados de acogida garantizando normas para el tratamiento de los inversores extranjeros., incluyendo compensaci\u00f3n por la expropiaci\u00f3n de inversiones extranjeras, protecci\u00f3n contra el trato injusto de los inversores extranjeros, y protecci\u00f3n contra el trato discriminatorio y la falta de plena protecci\u00f3n y seguridad.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Con frecuencia, los tratados bilaterales de inversi\u00f3n prev\u00e9n el arbitraje internacional para resolver disputas entre los Estados anfitriones y los inversores., t\u00edpicamente a modo de Arbitraje del CIADI (Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones), pero tambi\u00e9n a trav\u00e9s de Arbitraje de la CNUDMI (Comisi\u00f3n de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional), Arbitraje SCC (Stockolm Chambero f Commerce) y en algunos casos Arbitraje de la CPI (C\u00e1mara de Comercio Internacional). Un sorprendente n\u00famero de Estados han celebrado tratados bilaterales de inversi\u00f3n. y se estima que encima de 2,500 tratados bilaterales de inversi\u00f3n est\u00e1n vigentes hoy. La mayor\u00eda de los pa\u00edses han firmado un TBI (Tratado Bilateral de Inversi\u00f3n).&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Puede encontrar una lista casi completa de tratados bilaterales de inversi\u00f3n en un pa\u00eds por pa\u00eds a trav\u00e9s de la base de datos de tratados bilaterales de inversi\u00f3n del CIADI, que se basa en la informaci\u00f3n proporcionada por Estados parte en el Convenio del CIADI, aunque falta el texto de los propios tratados. Una serie de tratados bilaterales de inversi\u00f3n, as\u00ed como acuerdos multilaterales similares que prev\u00e9n el arbitraje de inversiones para resolver disputas, tambi\u00e9n se proporcionan en el sitio web de arbitraje de tratados de inversi\u00f3n.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-text-align-right wp-block-paragraph\">(Recuperado de International Arbitration Information by Aceris Law LLC, 2021: 1)<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Si quieres saber cu\u00e1les son los tratados bilaterales ratificados por M\u00e9xico, vista el siguiente enlace: <a href=\"http:\/\/www.sice.oas.org\/investment\/bitindex_s.asp\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\">http:\/\/www.sice.oas.org\/investment\/bitindex_s.asp<\/a><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Tambi\u00e9n te invito a que visites el siguiente enlace: <a href=\"https:\/\/www.cepal.org\/sites\/default\/files\/publication\/files\/4550\/S0408641_es.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\">https:\/\/www.cepal.org\/sites\/default\/files\/publication\/files\/4550\/S0408641_es.pdf<\/a><\/p>\n\n\n\n<h5 class=\"wp-block-heading\">4.4.5. Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversi\u00f3n (CIADI).<\/h5>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El CIADI es la instituci\u00f3n l\u00edder a nivel mundial dedicada al arreglo de diferencias relativas a inversiones internacionales. Posee amplia experiencia en este \u00e1mbito, dado que ha administrado la mayor\u00eda de los casos de inversi\u00f3n internacional. Los Estados han acordado que el CIADI sea el foro destinado al arreglo de diferencias entre inversionistas y Estados en la mayor\u00eda de los tratados internacionales de inversi\u00f3n, as\u00ed como en numerosos contratos y legislaci\u00f3n en materia de inversi\u00f3n.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El CIADI es una de las cinco organizaciones del Grupo del Banco Mundial, junto con el Banco Internacional de Reconstrucci\u00f3n y Fomento (BIRF), la Asociaci\u00f3n Internacional de Fomento (AIF), la Corporaci\u00f3n Financiera Internacional (CFI) y el Organismo Multilateral de Garant\u00eda de Inversiones (OMGI). El objetivo del Grupo del Banco Mundial consiste en acabar con la pobreza extrema en el curso de una generaci\u00f3n y promover la prosperidad compartida.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-text-align-right wp-block-paragraph\">(Recuperado de Grupo Banco Mundial, 2020; 1)<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Para saber m\u00e1s visita el siguiente sitio web: <a href=\"https:\/\/icsid.worldbank.org\/es\/acerca\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\">Acerca del CIADI<\/a><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Est\u00e1ndares generales del tratado en la inversi\u00f3n extranjera.<\/p>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-image\"><figure class=\"aligncenter size-large\"><img decoding=\"async\" src=\"data:image\/gif;base64,R0lGODlhAQABAIAAAAAAAP\/\/\/yH5BAEAAAAALAAAAAABAAEAAAIBRAA7\" data-src=\"https:\/\/blogs.ugto.mx\/derecho\/wp-content\/uploads\/sites\/67\/2021\/11\/qvrbu1mqjyu-1-1024x682.jpg\" alt=\"Derecho Internacional Privado Inversi\u00f3n extranjera4\" class=\"wp-image-1762\" \/><noscript><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"1024\" height=\"682\" src=\"https:\/\/blogs.ugto.mx\/derecho\/wp-content\/uploads\/sites\/67\/2021\/11\/qvrbu1mqjyu-1-1024x682.jpg\" alt=\"Derecho Internacional Privado Inversi\u00f3n extranjera4\" class=\"wp-image-1762\" srcset=\"https:\/\/blogs.ugto.mx\/derecho\/wp-content\/uploads\/sites\/67\/2021\/11\/qvrbu1mqjyu-1-1024x682.jpg 1024w, https:\/\/blogs.ugto.mx\/derecho\/wp-content\/uploads\/sites\/67\/2021\/11\/qvrbu1mqjyu-1-300x200.jpg 300w, https:\/\/blogs.ugto.mx\/derecho\/wp-content\/uploads\/sites\/67\/2021\/11\/qvrbu1mqjyu-1-768x511.jpg 768w, https:\/\/blogs.ugto.mx\/derecho\/wp-content\/uploads\/sites\/67\/2021\/11\/qvrbu1mqjyu-1-1536x1022.jpg 1536w, https:\/\/blogs.ugto.mx\/derecho\/wp-content\/uploads\/sites\/67\/2021\/11\/qvrbu1mqjyu-1-272x182.jpg 272w, https:\/\/blogs.ugto.mx\/derecho\/wp-content\/uploads\/sites\/67\/2021\/11\/qvrbu1mqjyu-1.jpg 1600w\" sizes=\"auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px\" \/><\/noscript><figcaption>Imagen 2: La Corte, cuya funci\u00f3n es decidir conforme al derecho internacional las controversias que le sean sometidas, deber\u00e1 aplicar la fracci\u00f3n que nos interesa.<\/figcaption><\/figure><\/div>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><em>4.4.6.1. Los principios.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Los acuerdos de la OMC son extensos y complejos porque se trata de textos jur\u00eddicos que abarcan una gran variedad de actividades. Tratan de las siguientes cuestiones: agricultura, textiles y vestido, servicios bancarios, telecomunicaciones, contrataci\u00f3n p\u00fablica, normas industriales y seguridad de los productos, reglamentos sobre sanidad de los alimentos, propiedad intelectual y muchos temas m\u00e1s. Ahora bien, todos estos documentos est\u00e1n inspirados en varios principios simples y fundamentales que constituyen la base del sistema multilateral de comercio. (Organizaci\u00f3n Mundial del Comercio, 2021: 1)<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><em>4.4.6.1.1. Trato como naci\u00f3n m\u00e1s favorecida<\/em><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Tambi\u00e9n llamado: Naci\u00f3n m\u00e1s favorecida (NMF): como su acepci\u00f3n indica, refiere al igual trato para todos los dem\u00e1s.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En virtud de los Acuerdos de la OMC, los pa\u00edses no pueden normalmente establecer discriminaciones entre sus diversos interlocutores comerciales. Si se concede a un pa\u00eds una ventaja especial (por ejemplo, la reducci\u00f3n del tipo arancelario aplicable a uno de sus productos), se tiene que hacer lo mismo con todos los dem\u00e1s Miembros de la OMC.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Este principio se conoce como el trato de la naci\u00f3n m\u00e1s favorecida (NMF). Tiene tanta importancia que es el primer art\u00edculo del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT), que regula el comercio de mercanc\u00edas. El principio NMF es tambi\u00e9n prioritario en el Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios (AGCS) (art\u00edculo 2) y en el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC) (art\u00edculo 4), aunque en cada Acuerdo este principio se aborda de manera ligeramente diferente. En conjunto, esos tres Acuerdos abarcan las tres esferas principales del comercio de las que se ocupa la OMC.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Se permiten ciertas excepciones. Por ejemplo, los pa\u00edses pueden establecer un acuerdo de libre comercio que se aplique \u00fanicamente a los productos objeto de comercio dentro del grupo y hacer discriminaciones con respecto a los productos de terceros pa\u00edses. O pueden otorgar acceso especial a sus mercados a los pa\u00edses en desarrollo. O bien un pa\u00eds puede poner obst\u00e1culos a los productos que se consideren objeto de un comercio desleal procedentes de pa\u00edses espec\u00edficos. Y, en el caso de los servicios, se permite que los pa\u00edses, en ciertas circunstancias restringidas, apliquen discriminaciones. Sin embargo, los acuerdos s\u00f3lo permiten estas excepciones con arreglo a condiciones estrictas. En general, el trato NMF significa que cada vez que un pa\u00eds reduce un obst\u00e1culo al comercio o abre un mercado, tiene que hacer lo mismo para los mismos productos o servicios de todos sus interlocutores comerciales, sean ricos o pobres, d\u00e9biles o fuertes.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-text-align-right wp-block-paragraph\">(Recuperado de Organizaci\u00f3n Mundial del Comercio, 2021: 1-2)<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>\u00bfPor qu\u00e9 se dice \u201cm\u00e1s favorecida\u201d?<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Suena como una contradicci\u00f3n. Parece indicar un trato especial, pero en la OMC significa realmente no discriminaci\u00f3n, es decir, tratar pr\u00e1cticamente a todos de igual manera.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Ocurre lo siguiente: cada miembro trata a todos los dem\u00e1s miembros, por ejemplo, como interlocutores comerciales \u201cm\u00e1s favorecidos\u201d. Si un pa\u00eds aumenta los beneficios que concede a uno de sus interlocutores comerciales, tiene que dar ese mismo \u201cmejor\u201d trato a todos los dem\u00e1s Miembros de la OMC, de modo que todos sigan siendo los \u201cm\u00e1s favorecidos\u201d.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La condici\u00f3n de naci\u00f3n m\u00e1s favorecida (NMF) no siempre signific\u00f3 igualdad de trato. Los tratados bilaterales NMF establec\u00edan clubes exclusivos entre los interlocutores comerciales \u201cm\u00e1s favorecidos\u201d de un pa\u00eds. En el GATT, y ahora en la OMC, el club NMF no es ya exclusivo. El principio NMF garantiza que cada pa\u00eds trate de igual forma a los otros m\u00e1s de 140 Miembros.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-text-align-right wp-block-paragraph\">(Recuperado de Organizaci\u00f3n Mundial del Comercio, 2021: 5)<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><em>4.4.6.1.2. Trato nacional<\/em><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Tambi\u00e9n llamado \u201cTrato nacional: igual trato para nacionales y extranjeros\u201d<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Las mercanc\u00edas importadas y las producidas en el pa\u00eds deben recibir el mismo trato, al menos despu\u00e9s de que las mercanc\u00edas extranjeras hayan entrado en el mercado. Lo mismo debe ocurrir en el caso de los servicios extranjeros y los nacionales, y en el de las marcas de f\u00e1brica o de comercio, los derechos de autor y las patentes extranjeras y nacionales. Este principio de \u201ctrato nacional\u201d (dar a los dem\u00e1s el mismo trato que a los nacionales) figura tambi\u00e9n en los tres principales Acuerdos de la OMC (art\u00edculo 3 del GATT, art\u00edculo 17 del AGCS y art\u00edculo 3 del Acuerdo sobre los ADPIC), aunque tambi\u00e9n en este caso se aborda en cada uno de ellos el principio de manera ligeramente diferente.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El trato nacional s\u00f3lo se aplica una vez que el producto, el servicio o la obra de propiedad intelectual ha entrado en el mercado. Por lo tanto, la aplicaci\u00f3n de derechos de aduana a las importaciones no constituye una transgresi\u00f3n del trato nacional, aunque a los productos fabricados en el pa\u00eds no se les aplique un impuesto equivalente.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-text-align-right wp-block-paragraph\">(Recuperado de Organizaci\u00f3n Mundial del Comercio, 2021: 2)<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"> <em>4.4.6.1.3.  Nivel m\u00ednimo de trato <\/em> <\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Este concepto se encuentra en varios acuerdos de inversi\u00f3n. Se refiere a que el pa\u00eds anfitri\u00f3n otorgar\u00e1 a las inversiones de inversionistas extranjeros un trato acorde con el est\u00e1ndar m\u00ednimo establecido por las normas del derecho internacional consuetudinario. En general, los Estados no cumplir\u00edan con el nivel m\u00ednimo de trato si sus acciones resultasen en atrocidad, mala fe, o en una insuficiencia de acci\u00f3n gubernamental que estuviera tan por debajo de los est\u00e1ndares internacionales que cualquier persona razonable e imparcial reconocer\u00eda dicha insuficiencia. (Sistema de Informaci\u00f3n de Comercio Exterior, s.f.: 2-3, Diccionario de T\u00e9rminos de Comercio)<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">  <em>4.4.6.1.4.  Nivel de trato <\/em>  <\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">De acuerdo con el Tratado de Libre Comercio de Am\u00e9rica del Norte, en su art\u00edculo 1104, se\u00f1ala que el nivel de trato es cuando: \u201ccada una de las partes otorgar\u00e1 a los inversionistas y a las inversiones de los inversionistas de otra parte el mejor de los tratos requeridos por los Art\u00edculos 1102 y 1103.\u201d (Sistema de Informaci\u00f3n de Comercio Exterior, s.f.; 1, Tratado de Libre Comercio de Am\u00e9rica del Norte)<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Recuerda que: Todos los principios se encuentran en el Tratado de Libre Comercio de Am\u00e9rica del Norte, si gustas conocer m\u00e1s visita el siguiente enlace <a href=\"http:\/\/www.sice.oas.org\/trade\/nafta_s\/cap11_1.asp\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\">http:\/\/www.sice.oas.org\/trade\/nafta_s\/cap11_1.asp<\/a>; del Art\u00edculo 1102 al 1105.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">4.5 Inversi\u00f3n extranjera en M\u00e9xico<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Compa\u00f1era y compa\u00f1ero, para conocer este subtema te invito a que acudas a la <a href=\"https:\/\/blogs.ugto.mx\/derecho\/presentacion-inversion-extranjera-en-mexico\/\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\">Presentaci\u00f3n: Inversi\u00f3n extrangjera<\/a>, que realic\u00e9 para ti. <\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">Resumen e ideas relevantes<\/h3>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Es importante que de lo anterior recuerdes que:&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li>La primera etapa de regulaci\u00f3n internacional de la inversi\u00f3n se caracteriz\u00f3 por el profundo desacuerdo existente en la comunidad internacional sobre el grado de protecci\u00f3n que ofrec\u00eda el derecho consuetudinario internacional a la inversi\u00f3n extranjera cuando \u00e9sta era objeto de un trato hostil por parte del Estado receptor. Los pa\u00edses en desarrollo, que tem\u00edan ser dominados econ\u00f3micamente, expropiaron algunas inversiones extranjeras, procuraron cerrar sus econom\u00edas a la participaci\u00f3n extranjera y adoptaron pol\u00edticas de sustituci\u00f3n de importaciones que hac\u00edan hincapi\u00e9 en el desarrollo de empresas controladas por intereses nacionales. Los pa\u00edses desarrollados, en particular los de Europa occidental y Am\u00e9rica del Norte, sosten\u00edan que el derecho internacional consuetudinario inclu\u00eda ya unas normas internacionales m\u00ednimas que establec\u00edan el trato que pod\u00edan exigir los inversores extranjeros en el territorio del pa\u00eds receptor. Estas normas, se alegaba, inclu\u00edan en particular el pago del valor justo de mercado si se expropiaban inversiones extranjeras, norma que se describ\u00eda con frecuencia como la de indemnizaci\u00f3n \u00abr\u00e1pida, adecuada y efectiva\u00bb. Los pa\u00edses en desarrollo y los pa\u00edses socialistas negaban que el derecho internacional consuetudinario estableciera unas normas internacionales m\u00ednimas que regularan el trato que deb\u00eda recibir la inversi\u00f3n extranjera y que \u00e9sta s\u00f3lo ten\u00eda derecho, como mucho, al mismo trato que el gobierno del pa\u00eds receptor reservaba a las inversiones de sus propios ciudadanos. (Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo y ONU: 19).<\/li><li>El primer intento de establecer un marco multilateral de protecci\u00f3n de la inversi\u00f3n se produjo durante la negociaci\u00f3n del proyecto de Carta de La Habana de 1948, que deb\u00eda dar origen a la Organizaci\u00f3n Internacional del Comercio. Aunque la Carta hiciera sobre todo referencia a cuestiones comerciales, los Estados Unidos propusieron que se incluyera alguna cl\u00e1usula que ofreciera a la inversi\u00f3n extranjera distintos tipos de protecci\u00f3n. Debido a las diferencias antes mencionadas sobre las normas m\u00ednimas internacionales, la cl\u00e1usula no fue aceptada, la Carta perdi\u00f3 el apoyo de los Estados Unidos y finalmente no fue aprobada. Gran parte de su contenido comercial fue incorporado al Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT). Mayores \u00e9xitos se consiguieron en la negociaci\u00f3n de instrumentos regionales o plurilaterales, pues permit\u00eda que pa\u00edses de la misma zona geogr\u00e1fica o con el mismo nivel de desarrollo econ\u00f3mico concluyeran acuerdos. El acuerdo m\u00e1s completo de integraci\u00f3n se produjo en 1957, dando lugar a la formaci\u00f3n de la Comunidad Econ\u00f3mica Europea, que posteriormente se convertir\u00eda en la Uni\u00f3n Europea, pero pueden citarse otros numerosos ejemplos de tales instrumentos, entre ellos el Acuerdo sobre la Unidad Econ\u00f3mica \u00c1rabe de 1957, el Acuerdo de Cartagena de 1969 que cre\u00f3 el Mercado Com\u00fan Andino, y el Acuerdo de 1973 que cre\u00f3 el Mercado Com\u00fan del Caribe. En algunos casos, los pa\u00edses firmaron unos acuerdos de liberalizaci\u00f3n que inicialmente no abordaban la cuesti\u00f3n de la inversi\u00f3n, aunque posteriormente lo har\u00edan. Como ejemplo cabe citar la Asociaci\u00f3n Europea de Libre Cambio (AELC) y la Asociaci\u00f3n Latinoamericana de Libre Comercio (ALALC), ambas creadas en 1960. (Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo y ONU: 19-20)<\/li><li>El sistema de comercio debe ser:<ul><li>no discriminatorio \u2014 un pa\u00eds no debe discriminar entre sus interlocutores comerciales (debe darles por igual la condici\u00f3n de \u201cnaci\u00f3n m\u00e1s favorecida\u201d o NMF); ni tampoco debe discriminar entre sus propios productos, servicios o ciudadanos y los productos, servicios o ciudadanos de otros pa\u00edses (debe otorgarles \u201ctrato nacional\u201d)&nbsp;<\/li><li>\u201cm\u00e1s libre \u2014 deben reducirse los obst\u00e1culos mediante negociaciones\u201d&nbsp;<\/li><li>previsible \u2014 las empresas, los inversores y los gobiernos extranjeros deben confiar en que no se establecer\u00e1n arbitrariamente obst\u00e1culos comerciales (que incluyen los aranceles y los obst\u00e1culos no arancelarios; los tipos arancelarios y los compromisos de apertura de los mercados se \u201cconsolidan\u201d en la OMC&nbsp;<\/li><li>m\u00e1s competitivo \u2014 se desalientan las pr\u00e1cticas \u201cdesleales\u201d, como las subvenciones a la exportaci\u00f3n y el dumping de productos a precios inferiores a su costo para adquirir cuotas de mercado; m\u00e1s ventajoso para los pa\u00edses menos adelantados \u2014 d\u00e1ndoles m\u00e1s tiempo para adaptarse, una mayor flexibilidad y privilegios especiales.&nbsp;<\/li><\/ul><\/li><\/ul>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">(Recuperado Organizaci\u00f3n Mundial del Comercio, 2021: 5)<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li>La inversi\u00f3n extranjera se divide en:&nbsp;<ul><li>Inversi\u00f3n extranjera directa e inversi\u00f3n extranjera de portafolio<\/li><li>Inversi\u00f3n extranjera directa horizontal y vertical<\/li><li>Inversi\u00f3n indirecta<\/li><li>Inversi\u00f3n neutra o fideicomisos<\/li><\/ul><\/li><li>En la inversi\u00f3n extranjera existe regulaci\u00f3n de derecho interno y de derecho internacional, por ello es muy importante que se estudie su contenido de manera sistem\u00e1tica.<\/li><li>El inversionista es la persona que tiene una inversi\u00f3n o propiedad bajo el control directo o indirecto de una inversi\u00f3n.<\/li><li>MIGA: MIGA asegura las inversiones transfronterizas. Ello incluye nuevas inversiones, as\u00ed como inversiones relacionadas con la ampliaci\u00f3n, modernizaci\u00f3n o mejora de proyectos existentes, o aquellos casos en que el inversionista demuestra tanto los beneficios del proyecto en t\u00e9rminos de desarrollo como un compromiso a largo plazo con dicho proyecto. Tambi\u00e9n pueden ser admisibles las adquisiciones realizadas por nuevos inversionistas, incluida la privatizaci\u00f3n de empresas del Estado. MIGA puede cubrir las inversiones en capital social, los pr\u00e9stamos de accionistas y las garant\u00edas de pr\u00e9stamos de accionistas, siempre que el plazo de vencimiento de los pr\u00e9stamos sea mayor que un a\u00f1o. Los pr\u00e9stamos que no sean de accionistas tambi\u00e9n pueden cubrirse, siempre y cuando est\u00e9n relacionados con una inversi\u00f3n o proyecto espec\u00edfico que incluya alguna forma de inversi\u00f3n directa. Tambi\u00e9n pueden recibir cobertura otros tipos de inversi\u00f3n, como la asistencia t\u00e9cnica y los contratos de gesti\u00f3n, la titulizaci\u00f3n de activos, las emisiones de bonos para el mercado de capitales, los contratos de arrendamiento, servicios, franquicias y licencias. (Organismo Multilateral de Garant\u00eda de Inversiones. 1).<\/li><li>Un TBI no es m\u00e1s que un acuerdo entre dos pa\u00edses para proteger la seguridad jur\u00eddica de los inversores. Estos suelen incluir una serie de disposiciones est\u00e1ndar como el Trato Nacional (dar el mismo trato a los inversores nacionales y a los extranjeros); el Trato de Naci\u00f3n m\u00e1s Favorecida (dar a los inversores de un pa\u00eds el mismo trato que a los del pa\u00eds que tenga unas condiciones de inversi\u00f3n m\u00e1s favorable); el Trato Justo y Equitativo (cl\u00e1usula muy gen\u00e9rica que impide cometer agravios contra inversores), Restricciones sobre la expropiaci\u00f3n, tanto directa como indirecta (resultado de cambios en la legislaci\u00f3n); restricciones a los requisitos de contenido nacional (por la que se impide la obligaci\u00f3n de consumir productos nacionales o contratar personal nacional); o la libre transferencia de fondos (permite repatriar todos los fondos relacionados con las inversiones) entre otras. Rara vez incorporan alusiones, no vinculantes, a los derechos humanos. (Rico y Kucharz, 2013: 1).<\/li><li>[&#8230;] la disposici\u00f3n m\u00e1s notoria de los TBI es la Soluci\u00f3n de Diferencias entre Inversores y Estados (SDIE). Con esta se crea un mecanismo por el cual los inversores extranjeros pueden eludir la justicia de cada naci\u00f3n y denunciar, ante tribunales internacionales, a cualquier Estado por el incumplimiento de las cl\u00e1usulas anteriormente mencionadas. Los tribunales a los que se suele recurrir son el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), la Corte Internacional de Arbitraje de la C\u00e1mara de Comercio Internacional o la Comisi\u00f3n de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDM). Estos tribunales pueden dictar indemnizaciones para los inversores afectados. En la mayor\u00eda de los casos dichas indemnizaciones incluyen el lucro cesante, es decir, los beneficios que el inversor calcula que ha dejado de obtener debido a cualquiera de las medidas legislativas impulsadas por el pa\u00eds demandado. (Rico y Kucharz, 2013: 1)<\/li><li>Tambi\u00e9n es importante destacar, que otro de los principios del sistema de comercio es la promoci\u00f3n del desarrollo y la reforma econ\u00f3mica:&nbsp;<ul><li>El sistema de la OMC contribuye al desarrollo. Por otra parte, los pa\u00edses en desarrollo necesitan flexibilidad en cuanto al tiempo preciso para aplicar los Acuerdos del sistema. Y a su vez los Acuerdos incorporan las disposiciones anteriores del GATT que prev\u00e9n asistencia y concesiones comerciales especiales para los pa\u00edses en desarrollo.&nbsp;<\/li><li>M\u00e1s de las tres cuartas partes de los Miembros de la OMC son pa\u00edses en desarrollo y pa\u00edses en transici\u00f3n a econom\u00edas de mercado. Durante los siete a\u00f1os y medio que dur\u00f3 la Ronda Uruguay, m\u00e1s de 60 de esos pa\u00edses aplicaron aut\u00f3nomamente programas de liberalizaci\u00f3n del comercio. Al mismo tiempo, los pa\u00edses en desarrollo y las econom\u00edas en transici\u00f3n fueron mucho m\u00e1s activos e influyentes en las negociaciones de la Ronda Uruguay que en ninguna ronda anterior, y a\u00fan lo son m\u00e1s en el actual Programa de Doha para el Desarrollo.&nbsp;<\/li><li>Al finalizar la Ronda Uruguay, los pa\u00edses en desarrollo estaban dispuestos a asumir la mayor\u00eda de las obligaciones que se imponen a los pa\u00edses desarrollados. No obstante, los Acuerdos les conced\u00edan per\u00edodos de transici\u00f3n para adaptarse a las disposiciones \u2014 menos conocidas y quiz\u00e1s m\u00e1s dif\u00edciles \u2014 de la OMC, especialmente en el caso de los m\u00e1s pobres, los pa\u00edses \u201cmenos adelantados\u201d. En una Decisi\u00f3n Ministerial adoptada al final de la Ronda se dice que los pa\u00edses m\u00e1s ricos deben acelerar la aplicaci\u00f3n de los compromisos en materia de acceso a los mercados que afecten a las mercanc\u00edas exportadas por los pa\u00edses menos adelantados, y se pide que se les preste una mayor asistencia t\u00e9cnica. M\u00e1s recientemente, los pa\u00edses desarrollados han empezado a permitir la importaci\u00f3n libre de aranceles y de contingentes de casi todos los productos procedentes de los pa\u00edses menos adelantados. En todo ello la OMC y sus Miembros atraviesan a\u00fan un proceso de aprendizaje. El actual Programa de Doha para el Desarrollo incluye las preocupaciones de los pa\u00edses en desarrollo por las dificultades con que tropiezan para aplicar los acuerdos de la Ronda Uruguay.&nbsp;<\/li><\/ul><\/li><\/ul>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">(Recuperado Organizaci\u00f3n Mundial del Comercio: 4)<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li>Existen principios que regulan y gu\u00edan al Derecho Internacional Econ\u00f3mico, los cuales son el principio de trato nacional, de la naci\u00f3n m\u00e1s favorecida, nivel de trato y m\u00ednimo de trato. Todos se vinculan con el principio de reciprocidad internacional.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Compa\u00f1ero y compa\u00f1era, espero que te encuentres muy entusiasmado pues este es el final del tema 4. Como pudiste observar, indagamos acerca de la Inversi\u00f3n Extranjera, ampliando nuestro estudio al plano internacional, pues en este tema existen muchos de los tratados que analizamos., los cuales nos van estableciendo el camino de actuaci\u00f3n y de soluci\u00f3n en los conflictos del tr\u00e1fico jur\u00eddico internacional.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Este tema en particular deja mucho panorama de investigaci\u00f3n y de actualizaci\u00f3n a los contenidos, por lo que te invito a que siempre seas constante y te involucres cada vez m\u00e1s en los temas radicales del Derecho Internacional.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Deseo que hayan quedado tus dudas satisfechas, y puedas proseguir en el estudio de esta UDA, nos vemos en el pr\u00f3ximo recurso.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">Fuentes de consulta<\/h2>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li>Comisi\u00f3n Econ\u00f3mica para Am\u00e9rica Latina y el Caribe (CEPAL) (2020), La Inversi\u00f3n Extranjera Directa en Am\u00e9rica Latina y el Caribe, Santiago: Naciones Unidas, pp. 191. Recuperado de https:\/\/www.cepal.org\/sites\/default\/files\/publication\/files\/46450\/S2000595_es.pdf<\/li><li>Corte Internacional de Justicia, (1945) Estatuto de la Corte Internacional de Justicia. Anexo a la Carta de la Organizaci\u00f3n de las Naciones Unidas, Orden Jur\u00eddico. Gobierno de M\u00e9xico. p. 7. Recuperado de: http:\/\/www.ordenjuridico.gob.mx\/JurInt\/CIJ.pdf<\/li><li>Grupo Banco Mundial. (2020). \u201cAcerca del CIADI\u201d en Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones, Grupo Banco Mundial. pp. 3. Recuperado de: https:\/\/icsid.worldbank.org\/es\/acerca<\/li><li>(2020), \u201cEl mecanismo con procedimiento de tramitaci\u00f3n acelerado de MIGA de 6,5 mil millones de d\u00f3lares ayudar\u00e1 a inversionistas y prestamistas a hacer frente al COVID-19\u201d en COVID-19. Press reales. [07-abril-2020], pp. 2. Recuperado de https:\/\/www.miga.org\/press-release\/el-mecanismo-con-procedimiento-de-tramitacion-acelerado-de-miga-de-65-mil-millones-de<\/li><li>(2015). Gu\u00eda sobre la Garant\u00eda de Inversiones. Washington, DC, EE. UU. MIGA, Organismo Multilateral de Garant\u00eda de Inversiones Grupo Banco Mundial, p.p. 1-3. Recuperado de: https:\/\/www.miga.org\/sites\/default\/files\/archive\/Documents\/IGG_Spanish_final.pdf<\/li><li>(2015). \u201cMecanismo de Garant\u00edas de MIGA (MGM)\u201d, Asociaci\u00f3n Internacional de Fomento, pp. 4. Recuperado de https:\/\/aif.bancomundial.org\/financing\/mecanismo-de-garant-de-miga-mgm<\/li><li>International Arbitration Information by Aceris Law LLC. (2021) \u201cEncuentre tratados bilaterales de inversi\u00f3n\u201d en Arbitraje internacional. pp. 4. Recuperado de: https:\/\/www.international-arbitration-attorney.com\/es\/find-bilateral-investment-treaties\/<\/li><li>L\u00f3pez A., S. y Posadas U., A. (2006). \u201cInversi\u00f3n y Derecho Internacional de la Inversi\u00f3n Extranjera. Reflexi\u00f3n sobre algunas disciplinas adoptadas por M\u00e9xico\u201d en Anuario Mexicano de Derecho Internacional, Vol. VI., pp. 1-44. Recuperado de: https:\/\/revistas.juridicas.unam.mx\/index.php\/derecho-internacional\/article\/view\/155\/246<\/li><li>Mansilla y M., Mar\u00eda Elena (2015), \u201cLos principios jur\u00eddicos en la cooperaci\u00f3n procesal internacional\u201d en Retos Actuales del Derecho Internacional Privado, coord. Carlos Enrique Odriozola Mariscal, M\u00e9xico: Instituto de la Judicatura Federal, pp. 13-30. Recuperado de https:\/\/www.corteidh.or.cr\/tablas\/30824.pdf<\/li><li>Naciones Unidas (2008), Regulaci\u00f3n Internacional de la Inversi\u00f3n: Balance, Retos y Camino a seguir. Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo y ONU. Nueva York y Ginebra, Naciones Unidas, pp. 17-20. Recuperado de: https:\/\/unctad.org\/es\/system\/files\/official-document\/iteiit20073_sp.pdf<\/li><li>Organizaci\u00f3n Mundial del Comercio. (2021). \u201cLos principios del sistema de comercio\u201d en Entender la OMC: Informaci\u00f3n B\u00e1sica. pp. 6. Recuperado de: https:\/\/www.wto.org\/spanish\/thewto_s\/whatis_s\/tif_s\/fact2_s.htm#:~:text=Trato%20nacional%3A%20igual%20trato%20para,hayan%20entrado%20en%20el%20mercado.<\/li><li>Rico G.A, L. y Kucharz T. (2013). Tratados bilaterales de inversiones: Una herramienta fundamental para la globalizaci\u00f3n neoliberal. Observatorio de Multinacionales en Am\u00e9rica Latina, pp. 9. Recuperado de: https:\/\/omal.info\/spip.php?article6148<\/li><li>Secretar\u00eda de Econom\u00eda. (s.f.) Inversi\u00f3n Neutra- Fideicomiso. M\u00e9xico: M\u00e9xico: Secretar\u00eda de Econom\u00eda, pp. 1-3. Recuperado de: https:\/\/www.gob.mx\/cms\/uploads\/attachment\/file\/47836\/Utilizacion_de_inversion_neutra-Fideicomiso.pdf<\/li><li>Sistema de Informaci\u00f3n de Comercio Exterior (SICE) (s.f.) Diccionario de T\u00e9rminos de Comercio, pp. 5. Recuperado de: http:\/\/www.sice.oas.org\/dictionary\/in_s.asp#:~:text=Nivel%20m%C3%ADnimo%20de%20trato&amp;text=Se%20refiere%20a%20que%20el,normas%20del%20derecho%20internacional%20consuetudinario.<\/li><li>(s.f.) Tratado de Libre Comercio de Am\u00e9rica del Norte. pp. 5. Recuperado de: http:\/\/www.sice.oas.org\/trade\/nafta_s\/cap11_1.asp<\/li><li>(s.f.) Tratado Bilaterales de Inversi\u00f3n en Sistema de Informaci\u00f3n de Comercio Exterior, brindando informaci\u00f3n comercial a gobiernos y PYMES, Organizaci\u00f3n De los Estados Americanos. Recuperado de: http:\/\/www.sice.oas.org\/investment\/bitindex_s.asp<\/li><li>Universidad de las Am\u00e9ricas de Puebla. (s.f.) Cap\u00edtulo I. Generalidades de la Inversi\u00f3n. M\u00e9xico: Universidad de las Am\u00e9ricas de Puebla, pp. 1-6. Recuperado de: http:\/\/catarina.udlap.mx\/u_dl_a\/tales\/documentos\/lcp\/chavez_l_dd\/capitulo1.pdf<\/li><li>U, S International Development Finance Corporation (DFC). (2021). \u201cInvesting in Development\u201d en U, S International Development Finance Corporation (DFC). Recuperado de: https:\/\/www.dfc.gov\/<\/li><li>(2021). \u201cQui\u00e9nes somos\u201d En U, S International Development Finance Corporation (DFC). pp. 5. Recuperado de: https:\/\/www.dfc.gov\/who-we-are<\/li><\/ul>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>1. Fundamentaci\u00f3n del tema El presente tema corresponde a la UDA \u201cDerecho Internacional Privado\u201d, del 10\u00b0 semestre de la Licenciatura de Derecho. La importancia de conocerlo radica en identificar la inversi\u00f3n extranjera como concepto; su regulaci\u00f3n en leyes, reglamentos y directrices; as\u00ed como normativas nacionales e internacionales aplicables, comprendiendo as\u00ed el alcance de esta en &#8230; <a title=\"Clase digital 4. Inversi\u00f3n extranjera\" class=\"read-more\" href=\"https:\/\/blogs.ugto.mx\/derecho\/clase-digital-4-inversion-extranjera\/\" aria-label=\"Leer m\u00e1s sobre Clase digital 4. 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