Clase digital 4. Ley de hacienda para el Estado de Guanajuato

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Ley de hacienda para el Estado de Guanajuato

1. Fundamentación del tema

El presente tema corresponde a la UDA “Impuestos Federales, Estatales y Municipales” de quinto semestre de la carrera de Contador Público. La importancia de conocerlo radica en aprender cuáles son los impuestos que el estado de Guanajuato se encarga de recaudar. Cada estado tiene su propia Ley de Hacienda y seamos ciudadanos o especialmente Contadores Públicos, debemos de leer esta ley para tener los fundamentos legales de cuáles son los elementos de cada impuestos, esto con la finalidad de mitigar errores al momento de causar alguno de ellos y no realizar el pago correspondiente. Recordemos que los elementos del impuesto son: sujeto, objeto, base, tasa y época de pago. A pesar de que el porcentaje total de la recaudación estatal en nuestro país sea muy bajo (4.1% según datos del 2017), no debemos de quitarle importancia, además no hay que olvidar que existen sanciones por incumplimiento.

2. Objetivo didáctico

Conocer cuáles son los principales impuestos que el estado de Guanajuato se encarga de recaudar para saber los conceptos por los cuáles debemos de realizar nuestros respectivos pagos y declaraciones.

3. Contenido didáctico

Introducción

¡Hola! Bienvenidas y bienvenidos a este recurso didáctico. En él, nos adentraremos en conocer los impuestos que regulan la Ley de Hacienda del estado de Guanajuato, tales como son:

  • El Impuesto Sobre Nómina (ISN)
  • Impuesto Cedular sobre los Ingresos de las Personas Físicas (IC)
  • Impuesto por Adquisición de Vehículos de Motor Usado
  • Impuesto sobre Tenencia o Uso de vehículos

De los cuáles aprenderemos a identificar el sujeto, objeto, base y tasa. Además, también podremos observar imágenes de la pantalla de la Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración donde se realiza la declaración mensual del ISN y el IC para poder apreciar los campos que se requieren conocer y llenar para enviarla. No olvidemos que estos datos ya los debemos de tener previamente escritos en nuestros registros contables que son nuestra base para poder tener de manera correcta las declaraciones.

Por último, observaremos una tabla contenida en la Ley de Ingresos del estado de Guanajuato que nos muestra las estimaciones en cuanto a la recaudación de impuestos para el año 2021, la cuál será interesante comparar cuando el estado emita las cifras de las cantidades reales recaudadas.

¡Comencemos!

Desarrollo del tema

En esta lección pasaremos a revisar cuáles son los impuestos que esta ley se encarga de regular para todo el estado de Guanajuato, los cuales comienzan en el título segundo.

1. Impuesto Sobre Nómina

1.1 Objeto

Este impuesto se encuentra en el capítulo primero del título segundo. Lo primero que observamos es que el artículo 6° hace mención sobre que se considera remuneraciones al trabajo personal subordinado, los cuales se enlistan a continuación:

I. Pagos de sueldos y salarios;
II. Pagos de tiempo extraordinario de trabajo;
III. Pagos de premios, primas, bonos, estímulos, incentivos y ayudas;
IV. Pagos de compensaciones;
V. Pagos de gratificaciones y aguinaldos;
VI. Pagos de participación patronal al fondo de ahorros;
VII. Pagos de primas de antigüedad;
VIII. Pagos de participación de los trabajadores en las utilidades;
IX. Pagos de comisiones;
X. Pagos en efectivo o en especie, directa o indirectamente otorgados por los servicios de comedor y comida proporcionados a los trabajadores;
XI. Pagos de despensa ya sea en dinero, especie o vales;
XII. Pagos de servicio de transporte, ya sea directa o indirectamente proporcionados a los trabajadores;
XIII. Pagos de primas de seguros para gastos médicos o de vida;
XIV. Pagos realizados a las personas por los servicios que presten a un prestatario, siempre que dichos servicios se lleven a cabo en las instalaciones o por cuenta de este último, por los que no se deba pagar el Impuesto al Valor Agregado;
XV. Pagos en bienes y servicios, incluyendo la casa habitación, además de aquellas en las que se tenga la reserva del derecho de su dominio; y
XVI. Cualquier otra señalada en esta disposición que se entregue a cambio del trabajo personal subordinado, independientemente de la denominación que se le otorgue.

(Ley de Hacienda para el Estado de Guanajuato [LHEG], 2021: 2-3)

La importancia de conocer las fracciones anteriores deriva a que éstas son el objeto de este impuesto, ya sean efectuadas en dinero o en especie. En la siguiente imagen puedes apreciar un ejemplo de la pantalla que aparece en la página de la Secretaría de Finanzas de Guanajuato al llenar los datos para enviar la declaración mensual del ISN. Como puedes notar, aparece un recordatorio de los conceptos que también debes sumar para tener la correcta base del impuesto.

1.2 Sujeto

El artículo 7° menciona que los sujetos de este impuesto, es decir, las personas que deberán pagar el impuesto, son las personas físicas y morales que tengan locales, establecimientos, agencias o sucursales dentro del estado de Guanajuato, pero también puede ser el caso en que la persona resida en otro estado pero preste sus servicios en Guanajuato, por lo cual también será sujeto del impuesto.

(LHEG, 2021: 3)

1.3 Base

En artículo 8° explica que para el cálculo del impuesto, se tomará como base el monto de las erogaciones efectuadas en dinero o en especie, por concepto de: 

  • Remuneraciones al trabajo personal subordinado,
  • Los pagos realizados a administradores, directores, comisarios o miembros de los consejos directivos, de vigilancia o de administración de cualquier especie o tipo de sociedades o asociaciones; 
  • Los pagos a personas físicas por concepto de honorarios, por la prestación de servicios personales independientes o por actividades empresariales, cuando no causen el Impuesto al Valor Agregado por estar asimilados a las remuneraciones por salarios, de conformidad con la Ley del Impuesto Sobre la Renta; 
  • Las erogaciones cuando las personas físicas o morales contraten la prestación de servicios de contribuyentes domiciliados en otra Entidad Federativa, cuya realización genere la prestación de trabajo personal subordinado dentro del territorio del Estado, en términos de lo dispuesto por los artículos 6 y 9 de esta Ley.

(LHEG, 2021: 4)

1.4 Tasa

El artículo 10° expresa que el impuesto se calculará multiplicando la base por la tasa del 3%, pero debes de saber que esta tasa se aplicará a partir del 1 de enero de 2022, durante el ejercicio 2021 la tasa que se utiliza es del 2.30%.

(LHEG, 2021: 5)

En la siguiente imagen puedes observar un ejemplo de la declaración mensual que se realiza en la página de la Secretaría de Finanzas de Guanajuato, presta atención a la tasa y al cálculo.

Adicional, puedes consultar el artículo 9° donde se enlistan 12 exenciones para este impuesto, las cuales son importantes conocer para no pagar más impuestos de los que deberíamos.

2. Impuesto Cedular sobre los Ingresos de las Personas Físicas

Continuando con el título segundo pero ahora en el capítulo segundo, se encuentra el artículo 18° donde se enlistan las cuatro actividades por las cuáles las personas físicas deberán pagar este impuesto:

I. Por la prestación de servicios profesionales;
II. Por el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes inmuebles, ubicados en el territorio del Estado;
III. Por la realización de actividades empresariales:
a. Del Régimen General, incluyendo los ingresos por la enajenación de bienes o la prestación de servicios a través de Internet, mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares;
b. Régimen de Incorporación Fiscal;
IV. Por la enajenación de bienes inmuebles.

(LHEG, 2021: 10)

Y de igual manera que en el Impuesto Sobre Nómina, también existe la obligación al pago del impuestos las personas físicas que no residan en el Estado, pero que aún así realicen cualquiera de las anteriores actividades. A continuación te proporcionamos imágenes de la pantalla donde se realiza la declaración mensual del Impuesto Cedular para el caso de la fracción II, es decir, arrendamiento de inmuebles dentro del estado de Guanajuato.

La forma de determinar el impuesto a pagar de cada una de las cuatro actividades mencionadas son diferentes en cada caso, es por eso que te invitamos a consultar la ley desde el artículo 22 al 42 para que tengas un panorama completo sobre las especificaciones que se señalan para cada situación referente al Impuesto Cedular.

3. Impuesto por Adquisición de Vehículos de Motor Usado

Pasamos al capítulo tercero donde se describe a continuación este impuesto que para las personas que no hemos comprado vehículos usados puede que lo hayamos pasado por desapercibido.

3.1 Objeto

El artículo 43° manifiesta que el objeto de este impuesto es “la adquisición de vehículos de motor usados por cualquier título y que no causen el impuesto al valor agregado.”

(LHEG, 2021: 23)

3.2 Sujeto

Ahora, ¿quién es el sujeto obligado?, el artículo 44° señala a las personas físicas y morales, por lo que entendemos que si una empresa llega a comprar este tipo de vehículos para sus empleados, también deberán realizar el pago.

(LHEG, 2021: 24)

3.3 Base

Para determinar la base de este impuesto no se tomará el valor real de la adquisición, si no que en el artículo 45° se explica que se debe tomar “el precio más alto que resulte entre el valor de la operación y el que fije el SATEG en las tablas de valores que anualmente autorice para este efecto”.

(LHEG, 2021: 24) 

3.4 Tasa

Conocer la tasa es crucial ya que nos podemos darnos una idea de cuánto será el pago a realizar si en algún futuro cercano (ya que la tasa puede aumentar en los próximos años) decidimos comprar un vehículo de este tipo. El artículo 46° define que este impuesto “se causará y liquidará a la tasa del 2 por ciento, sobre la base gravable determinada conforme al artículo que antecede.”

(LHEG, 2021: 25)

3.5 Presentación de declaración

En el caso de la presentación de la declaración, el artículo 47° menciona que este impuesto deberá ser pagado en un plazo máximo de 10 días después de haber adquirido el vehículo.

(LHEG, 2021: 26)

4. Impuesto sobre Tenencia o Uso de vehículos

Este último impuesto que revisaremos lo encontramos en el capítulo sexto.

1. Sujeto

Según lo descrito en el artículo 61°, las personas que deberán pagar el impuesto son las personas físicas y morales que tengan o utilicen vehículos de uso propio, sin pasar por alto que esto sólo si el Estado expide las placas de circulación a dichos vehículos.

2. Pago

El artículo 62° expresa que el impuesto será pagado cada año, teniendo como plazo los tres primeros meses, es decir, de enero a marzo, con la excepción de que en el apartado correspondiente se señale otra disposición.

(LHEG, 2021: 28)

3. Exenciones

Es interesante leer el artículo 67°, ya que aquí se enlistan 10 fracciones sobre las especificaciones por las cuáles un vehículo estará exento de pagar este impuesto, ejemplo de ello se muestra a continuación:

  • Los eléctricos cuya única fuente de energía sea la electricidad; 
  • Los híbridos con dos o más fuentes de energía, donde una de ellas es combustible, las cuales les proveen propulsión ya sea en conjunto o en forma independiente.
  • Los importados temporalmente, en los términos de la legislación aduanera; 
  • Los vehículos destinados al servicio de transporte público;
  • Los vehículos para discapacitados. 

(LHEG, 2021: 30-31)

Como lo habíamos comentado al principio de la lección, solo explicamos los impuestos más comunes, que tu como ciudadano o patrón puedes llegar a pagar, pero si llegara a ser el caso de que desees conocer sobre los siguientes tres impuestos, te invitamos a consultar la ley:

  • Impuesto sobre Loterías, Rifas, Sorteos y Concursos (capítulo 4)
  • Impuesto por Servicios de Hospedaje (capítulo 5)
  • Impuesto a la Venta Final de Bebidas Alcohólicas (capítulo 7)

En la siguiente tabla te mostraremos los ingresos estimados del 2021 que el estado de Guanajuato dió a conocer a finales del año 2020 por concepto de impuestos, que como podrás observar, el impuesto por el cual se esperaba más recaudación era el Impuesto Sobre Nómina (ISN), sobrepasando por mucho a los demás impuestos. Es importante comentarte que en la tabla no se encuentran todos los impuestos que el estado recauda, sólo son algunos de ellos.

ClasificaciónCantidad
I. Impuestos
a) Impuestos sobre Ingresos
1) Impuestos cedulares sobre los ingresos de las personas físicas$ 613,810,828.00
1.1) Por la prestación de servicios profesionales$ 124,849,656.00
1.2) Por el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes inmuebles$ 165,918,106.00
1.3) Por la realización de actividades empresariales $ 208,719,762.00
1.4) Por la enajenación de bienes inmuebles$ 114,323,304.00 
2. Impuesto sobre Loterías, Rifas, Sorteos y Concursos $ 11,028,076.00 
b) Impuesto Sobre el Patrimonio $ 238,331,460.00
1. Impuesto sobre la Adquisición de Vehículos de Motor Usados$ 144,318,104.00
2. Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos$ 94,013,356.00
c) Impuestos Sobre la Producción, el Consumo y las Transacciones $ 101,737,360.00
1. Impuesto por Servicios de Hospedaje$ 64,929,848.00 
2. Impuesto a la Venta Final de Bebidas Alcohólicas$ 36,807,512.00
e) Impuestos Sobre Nóminas y Asimilables $ 3,964,912,887.00
1. Impuesto Sobre Nóminas $ 3,964,912,887.00

Fuente: Ley de Ingresos del estado de Guanajuato, 2020: 1-2

¡Has concluido una lección más!. Agradecemos tu interés por el tema y una vez más ponemos a tu disposición el recurso complementario “Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Guanajuato”, para que conozcas los impuestos que específicamente los municipios se encargan de recaudar. ¡Sigamos aprendiendo!

Resumen e ideas relevantes

Es importante que de lo anterior recuerdes que: 

  • Los impuestos estatales no se pueden trasladar a otros.
  • No debemos de dar por hecho que en todos los estados se cobran los mismos impuestos, por ejemplo, en el caso del Impuesto Cedular sólo son seis estados los que lo recaudan.
  • Los impuestos pueden llegar a aumentar en algunos años, es por eso que debemos leer la ley actualizada con sus últimas reformas, tal como vimos en el Impuesto Sobre Nómina que aumentará para el año 2022.

Fuentes de consulta