
Principios fundamentales del derecho tributario
1. Fundamentación del tema
El presente tema corresponde a la UDA “Derecho tributario” de primer semestre. La importancia de conocerlo radica en identificar cuáles son las bases del derecho tributario, para así poder comprender como se puede limitar y orientar la actividad tributaria. Es importante entender cómo debe ser un sistema tributario o que en dado caso, los impuestos sean de acorde a los ideales a los que aspira nuestro Estado.
2. Objetivo didáctico
El estudiante será capaz de comprender e identificar los distintos principios tributarios, en esta lección revisaremos seis, junto con sus definiciones con el fin de poder conocer cuáles son las bases que conforman y rigen nuestro sistema tributario, asegurando lograr los objetivos de recaudación con buenas prácticas.
3. Contenido didáctico
Introducción
¡Hola! Bienvenidas y bienvenidos a este recurso didáctico. En él, nos adentraremos en el tema de principios fundamentales del derecho tributario. En la actualidad la mayoría de las personas generan ingresos gracias a sus empleos o negocios, es por ello que tenemos la obligación de rendir tributo para que las autoridades puedan dar un buen manejo de lo recaudado y podamos sostener los gastos públicos de los que nos beneficiamos toda la población. Para esto, hay que comprender que estas obligaciones están regidas por normas las cuales deben estar bien estructuradas siendo su origen los principios.
En esta lección te explicaremos qué son los principios en general y sus funciones, por otro lado, se revisa el principio de justicia tributaria, sus categorías y finalmente se define cada uno de los seis principios materiales de justicia tributaria.
¡Comencemos!
Desarrollo del tema
1. Concepto de principios
Iniciemos comprendiendo qué son los principios dentro del ámbito jurídico, es importante recalcar que muchos autores a lo largo de los años han tratado de establecer una definición concreta y acertada, pero esto tiene un cierto grado de dificultad, una definición podría ser: “son normas de carácter muy general que pueden ser principios en sentido estricto o directrices” (Atienza, 1991, como se citó en Islas, 2011: 398). Desglosando estas dos clases mencionadas, al hablar de principios en sentido estricto se puede decir que son mandatos de tipo moral, y las directrices marcan anhelos de cumplir objetivos ya sea de ámbito económico, social, político, etc.
Una segunda definición sería: “son criterios universales de ética social o axiología jurídica, descubiertos por la razón humana en la naturaleza racional y libre del hombre, los cuales constituyen el fundamento de todo sistema jurídico posible actual”. (Venegas, 2011, como se citó en Tenorio, s.f: 4).

2. Funciones de los principios constitucionales
Existen distintos principios puesto que expertos en la materia han escrito algunos otros que podemos aprender y relacionarlos, pero a los que se les debe poner énfasis en conocer y entender son a los que están plasmados en nuestra Carta Magna.
En el siguiente diagrama puedes observar las tres funciones específicas que cumplen los principios constitucionales.

3. El principio de justicia tributaria
Hay que aclarar que existen varios principios tributarios, pero estos conforman uno solo y es el principio de justicia tributaria. Crespo (2015) afirma que los principios de justicia tributaria son todos los elementos que ayudan al tributo o al sistema fiscal en general a cumplir los objetivos de la recaudación, sin olvidar el respeto y los derechos fundamentales. (p.57)
3.1 Categorías de los principios de justicia tributaria
Domínguez (2015) clasifica y describe los principios de justicia tributaria de la siguiente manera: (p. 58-59)

3.2 Principios materiales de la justicia tributaria
Anteriormente hemos consultado el artículo 31 de la Constitución, recordemos que la fracción IV de este artículo es la norma que modera crear otras normas dentro del ámbito tributario, aquí emerge el término que aprendimos en el tema 2: potestad tributaria. También retomaremos este artículo 31 como punto de partida para desglosar cinco de los seis principios materiales de la justicia tributaria, hay que poner atención a las palabras subrayadas:
Artículo 31. Son obligaciones de los mexicanos:
…
IV. Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como de los Estados, de la Ciudad de México y del Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes. (Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos [CPEUM], 2021: 44)
El sexto principio se encuentra en el artículo 28 de la Constitución:
Artículo 28. En los Estados Unidos Mexicanos quedan prohibidos los monopolios, las prácticas monopólicas, los estancos, las condonaciones de impuestos y las exenciones de impuestos en los términos y condiciones que fijan las leyes. El mismo tratamiento se dará a las prohibiciones a título de protección a la industria. (CPEUM, 2021: 37)
Descripción de cada uno de los principios: (Tenorio, 2017: 5-6)
- Obligatoriedad: Toda persona física o moral que caiga en los supuestos que marca la ley tributaria, deberá aportar de manera indispensable con el pago de sus contribuciones.
- Destino al gasto público: Los pagos realizados por los contribuyentes serán destinados al gasto público, con la finalidad de poder realizar las erogaciones presupuestadas enfocadas a la prestación de servicios públicos y al desarrollo de la función pública del Estado.
- Proporcionalidad: Esto significa distribuir la carga tributaria en relación a la capacidad de pago de cada contribuyente, esto quiere decir que entre más ingresos obtenga una persona, más alto será su pago de impuesto a las autoridades recaudadoras.

- Equidad: Para que exista equidad en el pago de contribuciones, debe haber desigualdad. Entonces, el poder legislativo debe crear categorías de contribuyentes, para así lograr dar un trato similar a cada una de ellas dependiendo su situación.
- Legalidad: Cada una de las contribuciones junto con sus elementos* deben estar establecidas en la ley, y solamente el Congreso de la Unión (poder legislativo) tiene el poder de emitir leyes.
- Generalidad: Se establece que todos deben aportar con el pago de sus contribuciones si es que caen en los supuestos, no debe haber excepciones puesto en el artículo 28 de nuestra Constitución lo aclara.
*En el recurso didáctico del tema 5 “Las contribuciones”, se explica a profundidad cada uno de los elementos de las contribuciones.

Hemos llegado al final de nuestra lección, agradezco tu participación y atención al mismo. Para continuar con la finalización de este tema, te invito a consultar el recurso didáctico “Principios generales del derecho relacionados con el derecho tributario”. Espero que este curso haya sido de tu agrado. Sin más por el momento, me despido.
Resumen e ideas relevantes
Es importante que de lo anterior recuerdes que:
- Se podría decir que los principios están clasificados en tres tipos: principios materiales de justicia tributaria, principios generales de derecho y pseudoprincipios.
- Existen seis principios materiales de justicia tributaria: obligatoriedad, destino al gasto público, proporcionalidad, equidad, legalidad y generalidad.
- La proporcionalidad y la equidad no son lo mismo que la igualdad.
Fuentes de consulta
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos [CPEUM]. ¿artículos citados?. 2021 (México).
- Domínguez, C.A. (2015). Principios de Justicia Tributaria. En Apuntes del curso de derecho tributario. (pp. 557-66). México: Benemérita Universidad de Guanajuato.
- Islas, R. (2011). Principios jurídicos. Anuario de derecho constitucional Latinoamericano. https://revistas-colaboracion.juridicas.unam.mx/index.php/anuario-derecho-constitucional/article/download/3974/3490#:~:text=Principios%20son%20normas%20de%20car%C3%A1cter,en%20sentido%20estricto%20o%20directrices.&text=Principios%20en%20sentido%20estricto%20son,ordenamiento%20jur%C3%ADdico%20considera%20como%20%C3%BAltimos.
- Tenorio, I. (2017). Conceptos constitucionales de la contribución o del derecho al mínimo vital. PRAXIS de la Justicia Fiscal y Administrativa. Recuperado de: https://www.tfja.gob.mx/investigaciones/historico/pdf/conceptosconstitucionales.pdf