Clase digital 2. La idea de igualdad e igualdad jurídica

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La idea de igualdad e igualdad jurídica

Presentación del tema

Hola, bienvenidas, bienvenidos y bienvenides a la segunda clase digital de Derechos Humanos 1, espero que la clase anterior haya sido muy productiva y que tengan un gran entusiasmo por seguir aprendiendo. En esta ocasión corresponde estudiar los derechos relacionados con la igualdad, así como las ideas en relación a esta. Para ello veremos los siguientes temas:

  1. La igualdad como principio, como derecho y como valor.
  2. La igualdad material y formal
  3. Artículos constitucionales relativos al derecho a la igualdad.

Nos apoyaremos en los siguientes recursos:

  • Una presentación que elaboré para sintetizar los temas que considero más relevantes acerca del derecho a la igualdad, contiene ejemplos e ilustraciones que tienen como finalidad una mejor comprensión del tema.
  • Video que contiene clase grabada con una explicación amplia del tema, a partir de este, puedes plantear tus dudas.
  • Sentencia de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, relativa al amparo en revisión 59./2016 que se refiere al caso de las guardería que negaron el servicio a los hijos e hijas de trabajadores bajo las anteriores disposiciones de la Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social. Con este caso se pretende ejemplificar en qué consiste la igualdad formal y la material.

Espero que los recursos que se te proporcionan sean de tu interés y que contribuyan a la comprensión y aplicación de conceptos del tema a cuestiones reales.

Mucho éxito en esta segunda clase, vamos a las actividades.

Objetivo didáctico de la clase

Analizar las dimensiones del principio de igualdad, las diferentes clases de discriminación y la metodología para identificar cuándo nos encontramos frente a situaciones que no justifican válidamente una distinción y por ende constituyen acciones discriminatoria.

Contenido didáctico

A continuación, se presenta el contenido didáctico de acceso abierto o institucional para profundizar en el tema.

No.Nombre del recursoSinopsisTipo de recursoEnlace Web
1El principio de igualdadPresentación que contiene el desarrollo del tema con ejemplosPresentación[Acceder]
2Clase sobre el principio de igualdadVideo que contiene la explicación del principio de igualdad, revisando la naturaleza de este principio, así como las vertientes y los distintos derechos relacionados con el mismo.Video[Acceder]
3Sentencia de la segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Amparo en revisión 59/2016Es una sentencia derivada de un amparo en revisión que aborda el caso del servicio de guarderías para hijas e hijos de varones que sufrieron discriminación.Sentencia[Acceder]

Material didáctico complementario

No.Nombre del recursoSinopsisTipo de recursoEnlace Web
1Sentencia de la segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Amparo directo 9/2018Es una resolución que aborda el caso de cómo la Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social discriminó por años a las trabajadoras del hogar de recibir una pensión.Sentencia[Acceder]
2Sentencia de la segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Amparo en revisión 750/2018Se trata de una sentencia que explica por qué el no otorgar la pensión por viudez a la pareja del trabajador fallecido constituye una discriminación.Sentencia[Acceder]

Resumen e ideas relevantes de la clase digital

El principio de igualdad está contenido en el primer párrafo del artículo 1o constitucional al establecer:

En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Aunque no es la única disposición relativa, es una de las más importantes, ya que expresa que “todas las personas gozarán de los derechos humanos…”, esto por supuesto habla de que la Norma Fundamental no hace distinciones, por lo que no deberá ser válida aquella distinción que hagan otros en virtud de el principio de universalidad. Veamos el último párrafo de este mismo artículo:

Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.

En este párrafo vemos que se enfatiza la igualdad al prohibir la discriminación y que se señala que ciertas características de las personas deben ser especialmente sensibles para evitar que por ellas se discrimine.

Existen otras referencias en la Constitución a la igualdad:

  • Artículo 2o: hace referencia a que la nación mexicana es una, sin embargo, reconoce la pluriculturalidad de los pueblos y comunidades indígenas, así como de los afromexicanos.
  • Artículo 4o, 1er párrafo: igualdad del hombre y la mujer ante la ley.
  • Artículo 12: prohíbe los títulos nobiliarios.

Como puede inferirse de la lectura de estas normas, existe la exigencia de que las personas sean reconocidas por sus diferencias, pero que el trato ante la ley se dé de manera igualitaria, sin embargo, también se debe tener en cuenta que para que realmente el trato igualitario sea justo, se deben poner de manifiesto las diferencias que forma histórica y estructural han estado presentes en la sociedad y que por ello demandan una igualdad que se traduzca en decisiones y políticas a favor de los más vulnerables.

Red de seguridad humana, 2003.

Es en este último aspecto que se reconoce que las diferencias pueden crear un desbalance y que por ende, el legislador, el juzgador y cualquier autoridad deberá restituir ese equilibrio brindando un trato desigual cuando se está frente a desiguales, para que se vean más favorecidos los menos aventajados.

Ideas relevantes:

  • La igualdad es un derecho consagrado en varios artículos constitucionales, toda vez que éste siempre estará relacionado con otros derechos humanos, la igualdad no se presenta nunca como un derecho por sí solo.
  • Se puede hablar de igualdad formal y materia. La primera se refiere a que los jueces, los legisladores y el poder ejecutivo tienen un mandato de crear leyes y aplicarlas observando este derecho; en el caso de la igualdad material se refiere a llevar a cabo acciones de política pública para procurar la realización del derecho.