Clase digital 8. Despacho aduanero (parte 2)


Despacho aduanero
(parte 2)

Presentación del tema

Les doy la más cordial bienvenida a la octava clase digital de la unidad de aprendizaje Legislación aduanera, de la licenciatura en Comercio Internacional. Continuaremos el desarrollo del contenido correspondiente al despacho aduanero, el cual considera los actos y formalidades para determinar la legal estancia de una mercancía de procedencia extranjera, así como la legal salida de éstas. En este apartado, se indicará en qué consiste una reexpedición y a través de quién se debe realizar el despacho aduanero.

Es necesario estudiar con detenimiento los siguientes documentos en cuanto a los temas que se señalan:

  • Ley Aduanera (LA), que establece el procedimiento del despacho aduanero.
  • Reglas Generales de Comercio Exterior (RG CEX), que señalan la franja o región fronteriza.

Deseo que en esta octava clase se adquieran los conocimientos necesarios para realizar la consigna. ¡Empecemos!

Objetivo didáctico de la clase

  • Conocer qué es una reexpedición y los actores para realizar una liberación de mercancías ante la aduana.

Contenido didáctico

A continuación, se presenta el contenido didáctico de acceso abierto o institucional para profundizar en el tema.

No.Nombre del recursoSinopsisTipo de recursoEnlace Web
1Ley Aduanera
(artículos 39 al 42)
Importancia del agente aduanal, agencia aduanal, y representante legalPDF[Acceder]
2Reglas Generales de Comercio Exterior para 2023Franja o región fronterizaPDF[Acceder]

Material didáctico complementario

No.Nombre del recursoSinopsisTipo de recursoEnlace Web
1Reglamento de la Ley Aduanera
(artículos 70 al 76)
Procedimientos para el reconocimiento aduaneroPDF[Acceder]
2Ley Aduanera II:
Franja y Región Fronteriza
Franja y Región FronterizaVideo[Acceder]

Resumen e ideas relevantes de la clase digital

¿Qué es una reexpedición?

Por motivos históricos y de política fiscal, la franja o región fronteriza goza de tratamientos arancelarios y fiscales preferenciales. Las mercancías que se importan a dicha región no causan impuesto general de importación y el impuesto al valor agregado se aplica a una tasa reducida, a diferencia del resto del territorio nacional.

Cuando las mercancías son retiradas de la franja o región fronteriza y se introducen al interior del país, deberán pagarse las contribuciones al comercio exterior que correspondan, así como cumplir con las regulaciones y restricciones no arancelarias aplicables al resto del territorio nacional. A este acto se le conoce como reexpedición, definida legalmente como la introducción de mercancías de procedencia extranjera desde la franja o región fronteriza hacia el resto del país (art. 39).

El pedimento de reexpedición comprobará dicha operación y deberá contener:

I. La información relativa al número de pedimento mediante el cual se efectuó la importación a la franja o región fronteriza.

II. El documento electrónico o digital que acredite el cumplimiento de las regulaciones y restricciones no arancelarias exigibles en el resto del territorio nacional.

Ejemplo:

¿Quiénes son los actores principales para liberar una mercancía ante la aduana?

Para llevar a cabo el despacho aduanero, la Ley Aduanera reconoce como actores principales a:

· El agente aduanal,

· La agencia aduanal, y

· El representante legal del importador o exportador, en los casos permitidos por la Ley.

La legislación vigente mantiene que, salvo excepciones expresamente previstas (pasajeros, ductos, cables u otros supuestos especiales), el despacho aduanero debe realizarse a través de agente, agencia aduanal o representante legal autorizado, reforzando el carácter técnico y profesional del despacho (art. 40 Ley Aduanera)

Su representatividad comprende, entre otros supuestos:

  • Las actuaciones que deriven del despacho aduanero de las mercancías, siempre que se realicen dentro del recinto fiscal.
  • Las notificaciones relacionadas con el despacho aduanero.
  • La representación legal de importadores y exportadores en:
    • Actuaciones derivadas del despacho aduanero.
    • Notificaciones que deriven del mismo.
    • Procedimientos Administrativos en Materia Aduanera (PAMA) y Procedimientos Administrativos por Contribuciones Omitidas (PACO).
    • Inspección o verificación de mercancías durante su permanencia en el recinto fiscal.

La Ley vigente consolida expresamente la representación en procedimientos administrativos, fortaleciendo la seguridad jurídica del importador y exportador (art. 40 Ley Aduanera).

¿Qué requisitos debe reunir un representante legal para realizar un despacho aduanero?

El representante legal, que actúa como subordinado laboral de una persona moral importadora o exportadora, para realizar despacho aduanero deberá cumplir con los requisitos previstos en el artículo 41 de la Ley Aduanera, entre los que destacan:

  1. Ser persona física y estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
  2. Ser de nacionalidad mexicana.
  3. Acreditar la existencia de una relación laboral con el importador o exportador.
  4. Acreditar conocimientos o experiencia en materia de comercio exterior, conforme a los lineamientos que establezca la autoridad aduanera.

La legislación vigente refuerza que la autorización del representante legal es personal e intransferible, y que su actuación se limita exclusivamente a la persona moral que lo designó, lo cual evita prácticas de intermediación indebida (art. 41 Ley Aduanera).

Tipos de despacho aduanero según el sujeto que actúa

  • Despacho directo: cuando el importador o exportador actúa por conducto de su representante legal.
  • Despacho indirecto: cuando el despacho se realiza por medio de agente aduanal o agencia aduanal.

La Ley Aduanera vigente mantiene esta distinción conceptual, reforzando que en ambos casos la responsabilidad por el cumplimiento de las obligaciones fiscales y aduaneras recae solidariamente en el importador o exportador, sin perjuicio de las responsabilidades propias del agente, agencia o representante (art. 42 Ley Aduanera).