Clase digital 3. La creación del Derecho – Vers. B

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La creación del Derecho (primera parte)

Introducción

¡Hola!

Es un gusto encontrarte nuevamente, espero que estés aprendiendo mucho, sobre todo, que tu ánimo no decaiga y sigas conociendo más acerca de los temas que se te presentan.

En esta clase aprenderemos sobre los procesos de creación de las leyes aquí en México. Pero para llegar a ese punto debemos primero comprender cuáles pueden ser la fuentes del Derecho, para con ello justificar al proceso legislativo precisamente como una de sus fuentes formales. 

En México el proceso legislativo es muy interesante ya que cuenta con varias etapas que de alguna manera garantizan que las leyes aprobadas, promulgadas y publicadas sean justas y adecuadas, y que respondan a las necesidades de la sociedad. 

Comencemos entonces con esta clase digital esperando que en ella aprendas muchas cosas que te sean de interés pero sobre todo de mucha utilidad. 

Desarrollo del tema

Fuente del Derecho: Según García Máynez, hay tres acepciones para la palabra Fuente del Derecho, una que corresponde a las fuentes formales, otra a las reales y otra a las históricas. 

  1. La fuente formal se refiere al proceso legislativo. Mismo que veremos más adelante. 
  2. La fuente real son aquellos factores contextuales que dan origen a la formulación de la ley. 
  3. La fuente histórica tiene que ver con el conjunto de documentos, inscripciones, papiros, libros, etc., que encierran el contenido de una ley. Por ejemplo, las Instituciones, El Digesto, el Código y la Novela que son fuentes del Derecho Romano.  

Para entender un poco más acerca de las fuente reales te invito a ver el siguiente vídeo:  

Vamos a enfocarnos en las fuentes formales del Derecho, que como ya se mencionó anteriormente son aquellos procesos de formación de las leyes. Existen tres fuentes formales que son: la legislación (proceso de formación de leyes), la costumbre y la jurisprudencia. 

Cada una de estas fuentes ya mencionadas tiene un proceso, mismo que debe llevarse a cabo tal y como está estipulado para que pueda crearse una nueva ley o modificarse alguna ya existente. 

El proceso legislativo

Bien sabemos que un proceso consiste en la presentación de una serie de pasos. Pues en este caso hablaremos de la serie de pasos que tienen como finalidad crear una nueva ley.  

El proceso legislativo en México es muy interesante. Vamos a ver cada uno de sus pasos en este video. 

Como ya se pudo observar en el vídeo anterior, este proceso consta de 6 pasos o etapas, es importante mencionar que son consecutivos y ninguno puede saltar al otro, sino que deben irse cumpliendo uno por uno para dar pie al otro y así sucesivamente. 

INICIATIVA: Es al acto por el cual determinados órganos del Estado someten a consideración del Congreso un proyecto de ley. El Derecho para iniciar leyes según el artículo 71 constitucional le compete a:  

I. Al Presidente de la República. 
I. A los Diputados y a los Senadores, al Congreso de la Unión. 
I. A las Legislaturas de los Estados. 

DISCUSIÓN: Es el acto por el cual las Cámaras deliberan acerca de las iniciativas, a fin de determinar si deben o no ser aprobadas (cámara de origen y cámara revisora). 

APROBACIÓN: Es el acto por el cual las Cámaras aceptan un proyecto de ley. La aprobación puede ser total o parcial. 

SANCIÓN: Se da ese nombre a la aceptación de una iniciativa por el Poder Ejecutivo. La sanción debe ser posterior a la aprobación del proyecto por las Cámaras.

El presidente de la República puede negar su sanción a un proyecto ya admitido por el Congreso (DERECHO DE VETO). Pero esta facultad no será absoluta.  

PUBLICACIÓN: Es el acto por el cual la ley ya aprobada y sancionada se da a conocer a quienes deben cumplirla. 

Esto se hace en el Diario Oficial de la Federación y en diarios o Gacetas de los Estados. Existe una reglamentación para llevar a cabo la publicación de las leyes. 

INICIACIÓN DE LA VIGENCIA: Existen dos sistemas de iniciación de la vigencia según las leyes mexicanas: sucesivo y el sincrónico. 

En cuanto al sucesivo, la ley establece que las leyes, reglamentos, circulares o cualesquiera de otras disposiciones de observancia general obligan y surten efectos tres días después de su publicación en el periódico oficial.  

Pero que, en los lugares distintos, se debe añadir a plazo un día más por cada 40 kilómetros o fracción que exceda de la mitad. 

En cuanto al sistema sincrónico, a todas las leyes, reglamentos, circulares o disposiciones de observancia general se les fijará el día en el que deberán comenzar a regir para ser obligatorias, siempre y cuando su publicación haya sido anterior a esta fecha.  

Conclusión

En conclusión, en esta clase se expuso sobre el proceso de cómo se crean las leyes en México, como pudiste observar es un proceso interesante en donde nuestros legisladores (Congreso de la Unión) tienen un papel muy importante. El presidente puede ejercer su derecho de proponer leyes, pero el Congreso debe votarlas. De igual forma, el Congreso tiene la misma facultad de iniciar leyes, pero el presidente puede vetarlas, aunque este derecho de veto no es absoluto.  

Este proceso garantiza de alguna forma que las leyes en México sean justas y equitativas y ayuden a la consolidación de una Nación en donde todos sus involucrados alcances sus metas y fines.  

Es así como concluimos nuestra clase. ¡Vas avanzando muy bien, te felicito! No olvides que para concluir la sesión debes hacer la tarea asignada y enviarla. Te encuentro en la siguiente clase, hasta luego.

Fuentes de información

  • García Máynez, E. (2006). Introducción al Estudio del Derecho. México: Porrúa.