Clase digital 1. Conceptos generales

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Conceptos generales

1. Fundamentación del tema

El presente tema corresponde a la UDA Teoría de los derechos humanos, ubicada en el primer nivel de la Licenciatura en Derecho. La importancia de conocerlo radica en que son intrínsecos a todos los seres vivos y generan estándares óptimos de vida, es por tal motivo que se ha convertido es una materia obligatoria dentro del plan curricular de la licenciatura, además de ser fundamental para la vida práctica del abogado en los diferentes ámbitos de aplicación del derecho.

2. Objetivo didáctico

Analizar las nociones generales de derechos humanos en el marco jurídico para generar conciencia de su importancia y conocimiento de su existencia.

3. Contenido didáctico

Introducción

¡Hola! Bienvenidas y bienvenidos a este recurso didáctico. En él, nos adentraremos en la importancia de los derechos humanos en la vida de las personas, además de la necesidad de su reconocimiento y protección en virtud de su calidad de ser humano. Para llegar a una sociedad protectora de derechos es necesario no solo impartir el conocimiento, sino educar nuestro comportamiento y llevar a la práctica la parte teórica.

¡Comencemos!

Desarrollo del tema

1. ¿Qué son los derechos humanos?

Como ha señalado el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje (TFCA) “Son el conjunto de derechos y libertades fundamentales para el disfrute de la vida humana en condiciones de plena dignidad, y se definen como intrínsecos a toda persona por el mero hecho de pertenecer al género humano. (TFCA, 2016: 1)

Estos derechos, establecidos en la Constitución y en las leyes, deben ser reconocidos y garantizados por el Estado”.

Según la Organización de las Naciones Unidas “Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de raza, sexo, nacionalidad, origen étnico, lengua, religión o cualquier otra condición”. (ONU, 2020:1).

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Imagen 1. Los derechos humanos son el conjunto de derechos y libertades fundamentales para el disfrute de la vida humana en condiciones de plena dignidad.

Los derechos humanos son prerrogativas inherentes a los seres humanos de manera intrínseca, sin importar aspectos generales como raza, religión, o género, por mencionar algunas condiciones personales, de tal forma que lo importante es la salvaguarda de la dignidad humana. Estos derechos humanos son reconocidos de manera enunciativa pero no limitativa en ordenamientos jurídicos nacionales e internacionales, con el fin de generar parámetros protectores mínimos y básicos de las personas.

Para entender mejor a los derechos humanos, a continuación, les muestro tres premisas que brindan las bases sustantivas de la materia:

  • El particular tiene el deber de respetar los derechos humanos, no de garantizarlos.

Es necesario entender que los derechos humanos deben ser entendidos de manera universal y sin interpretaciones personales. La responsabilidad de los particulares y del Estado, por medio de autoridades debe ser entendida de normas distintas, por eso, los particulares no están obligados a garantizarles, sino únicamente a respetarlos.

  • El Estado debe garantizar los derechos humanos (por Estado se entienden todas las autoridades).

En el entendido del párrafo anterior, el Estado si está obligado a garantizar el cumplimiento de los derechos humanos, de generar los mecanismos de protección necesarios para que su efectividad no sea disminuida o nula.

  • Los derechos reconocen al ser humano individual y colectivamente.

Los derechos humanos son percibidos en las personas de manera individual (en los aspectos personalísimos que atañen a su interés particular), pero eso no exceptúa que existan en lo colectivo, ya que el ser humano es sociable por naturaleza, lo que genera que la convivencia sea una realidad y sea necesario generar derechos humanos en las colectividades (el derecho al desarrollo, el derecho a la paz, el derecho al medio ambiente sano, por mencionar algunos ejemplos).

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Imagen 2. El ser humano es sociable por naturaleza, lo que genera que la convivencia sea una realidad y sea necesario generar derechos humanos en las colectividades.
1.2 Características fundamentales de los Derechos Humanos:

Actualmente, los derechos humanos tienen una importancia relevante en la vida de las personas, esto se debe a que, a partir del 2011, en México, surge una reforma constitucional en materia de derechos humanos, misma que crea una nueva cultura de derechos humanos, colocando al centro la dignidad de las personas.

Dicho lo anterior, las características que adquieren los derechos humanos, en materia jurídica son:

Diagrama 1. Características que adquieren los derechos humanos en materia jurídica.

Un ejemplo de ello puede concretarse con la salud. Este derecho debe ser intransferible (inalienable) ya que es un aspecto personalísimo, no se puede renunciar a ella (en estricto sentido), es vigente en todo momento, debe ser atendido en cualquier lugar del mundo y es integral (puede coexistir con otros como la vida).

¿Qué es la dignidad humana?

Según García González Aristeo “La dignidad humana es un valor distintivo de la especie humana, de donde dimanan otros valores y derechos fundamentales, tanto para el individuo como para la colectividad. En tal virtud, todo ser humano debe ser respetado y protegido en su dignidad y no se debe atentar contra ella”. (González, 2007: 1)

Por tal motivo, debemos entender a la dignidad humana como el origen, la esencia y el fin de todos los derechos humanos; es un valor supremo establecido en la constitución. Se basa en el respeto y estima que una tiene de sí misma y que es merecedora de respeto por otros.

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Imagen 3. La dignidad humana se basa en el respeto y estima que una tiene de sí misma y que es merecedora de respeto por otros.

Para comprender mejor este concepto debemos entender que, desde la antigüedad se generaron los precedentes que dieron origen a lo que actualmente conocemos como dignidad humana. Podemos darnos cuenta de que todos los seres humanos somos iguales en la medida en que todos somos portadores de una dignidad común, misma que se encuentra por encima de las diferencias que nos individualizan como personas.

Un ejemplo en sentido negativo, en donde se vulnere la dignidad humana de una persona, es cuando viene un estudiante de intercambio a la Universidad de Guanajuato, de origen árabe, y en la hora en que tiene que realizar oración a su deidad los alumnos se burlan de él y le graban en un video y lo suben a plataformas digitales.

Un ejemplo de respeto a la dignidad humana es cuando en una entrevista laboral, presentan examen dos personas de sexo opuesto y se les brindan las mismas oportunidades de ingreso, salario y permanencia.

1.3 ¿Hay una lista de derechos humanos?

Los derechos humanos abarcan todos los aspectos de la vida. Su ejercicio permite a hombres y mujeres, niños y  niñas, conformar y determinar su propia vida en condiciones de libertad, igualdad y respeto a la dignidad humana. Los derechos humanos comprenden tanto derechos civiles, políticos, sociales, económicos y culturales como derechos colectivos de los pueblos a la libre determinación, la igualdad, el desarrollo, la paz y un medio ambiente limpio. (TFCA, 2016: 1).

En la Declaración Universal de Derechos Humanos se consagran los derechos considerados fundamentales, pero no por ello se constituyen en una lista cerrada. A la fecha, se han creado diversos instrumentos en los cuales se desarrollan los derechos que la Declaración Universal establece. De manera tal, que los derechos humanos se mantienen en constante evolución y cambio en la búsqueda de una mayor protección para las personas. (TFCA, 2016: 1).

Los derechos humanos forman parte de la vida humana, en todas las diferentes vertientes de su desarrollo (familiar, social, escolar, laboral y recreativa), por tal motivo su relevancia es considerable. Desde su origen hasta la positivización, los derechos humanos han vivido una serie de transformaciones hasta llegar a lo que hoy conocemos.

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Imagen 4. Los derechos humanos forman parte de la vida humana, en todas las diferentes vertientes de su desarrollo (familiar, social, escolar, laboral y recreativa).

Como se ha mencionado, no existe un listado único que genere de manera limitativa, la positivización de los mismos, pero si existen instrumentos jurídicos que enuncian las concepciones básicas que debe de tener una persona en esta materia. Mismos ordenamientos son nacionales (como la constitución federal mexicana) e internacionales (como la carta internacional de derechos humanos y la convención Americana sobre Derechos Humanos, por mencionar algunos). En dichos ordenamientos jurídicos nos señalan los derechos humanos elementales que toda persona debe gozar para que haya un verdadero estado digno de desarrollo humano, cabe mencionar que todo es a nivel enunciativo pero no limitativo, por lo que dichos ordenamiento dan pauta a que se generen interpretaciones favorables que fortalezcan los alcances estipulados.

Por ejemplo, el derecho a la vida es el derecho por excelencia necesario para que los demás puedan tener efectividad en la vida de las personas. Al margen de este derecho humano coexisten la salud y la libertad, mismos que tienen enfoques diferentes pero que no se excluyen entre sí, ni que se limitan.

¿Hay alguna jerarquía entre los derechos humanos?

A pesar de su existencia remota como premisas a lo que conocemos, actualmente los derechos humanos son tema de diversas discusiones, de debates y de análisis debido a su importancia y trascendencia en la vida de las personas. Los derechos humanos forman parte del derecho positivo actual en la legislación mexicana, a partir de la reforma del 2011 donde existe una incorporación de los derechos humanos en nuestro sistema, donde se les otorga un rango constitucional, así mismo se genera una praxis completa (ahora se pueden citar tratados internacionales).

En respuesta a la pregunta base, no hay jerarquía, ya que todos los derechos humanos tienen la misma importancia.

En algunos casos puede existir la ponderación entre los mismos, con el fin de generar la menor lesividad posible. Como se mencionó en el apartado de las características, los derechos humanos tienen la posibilidad de coexistir entre ellos y cuando en un determinado supuesto, aparentemente chocan y es necesario que prevalezca uno sobre otro, se realiza una ponderación que indique cual es el que más beneficia y menos perjudica a la persona.

Como puedes darte cuenta, la cultura de respeto a los derechos humanos requiere el replanteamiento de estos derechos entre nosotros mismos, por ello, mínimamente debemos poner en práctica el respeto al prójimo, la no discriminación, la tolerancia, solidaridad y dignidad. Entendiendo en todo momento que estos coexisten entre sí y no están en conflicto y en los casos de choque aparente se debe recurrir a la ponderación, para encontrar cual es que menos perjudica y mejor atiende a los fines del desarrollo integral de la persona.

Te invito a revisar el siguiente recurso en donde trataremos otros aspectos importantes que complementan el tema que nos atañe: Presentación: Conceptos Generales.

1.4 Principios fundamentales de los Derechos Humanos

En México han existido muchas reformas constitucionales pero la reforma constitucional que surgió en materia de derechos humanos, el 10 de junio de 2011, colocó un antes y un después en esa materia. Fue publicada en el Diario Oficial de la Federación una de las modificaciones a la Constitución Federal más importantes en materia de derechos humanos, que para el subtema que estás leyendo referiremos el artículo 1, tercer párrafo, mismo que nos da un sustento constitucional sobre principios fundamentales en derechos humanos:

Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley. (CPEUM, 2021: artículo 1, párrafo III).

Nuestra carta magna nos enseña que los derechos humanos serán regulados y protegidos bajo cuatro principios constitucionales, mismos que son el de universalidad, mismo que indica que son para todos los individuos que tengan naturaleza humana (todos por igual); el de interdependencia consistente en que los derechos humanos coexisten entre sí y se potencializan unos con otro, además de que no existen las jerarquías; la indivisibilidad misma que consiste en que los derechos humanos tienen un valor intrínseco a la persona, así como que no pueden separarse de ella, por el mismo hecho que son inherentes a su persona; y finalmente la progresividad consistente en que la forma en que se adoptan nuevas formas y se toman decisiones para una gradual efectividad.

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Imagen 5. El principio de universalidad indica que los derechos humanos son para todos los individuos que tengan naturaleza humana (todos por igual).

Alguna de la información aquí contenida está basada en los apuntes de la UDA Introducción a los Derechos Humanos de la licenciatura en Derecho de la Universidad de Guanajuato, impartida por el Dr. José de Jesús Soriano Flores, así como de mi conocimiento y experiencia adquiridas durante el trayecto formativo de dicho programa educativo.

Espero que te sea de utilidad lo tratado en este recurso. Te extiendo la invitación a continuar.

Resumen e ideas relevantes

Es importante que de lo anterior recuerdes que:

  • Todos los derechos humanos son universales, indivisibles e interdependientes y están relacionados entre sí.
  • El Estado debe garantizar los derechos humanos y el particular respetar.
  • La dignidad humana es inherente al ser humano.

Fuentes de consulta

  • TFCA. (2016). Conceptos básicos sobre derechos humanos. TFCA. Recuperado de: (http://www.tfca.gob.mx/es/TFCA/cbDH).
  • ONU (2020). Desafíos globales: derechos humanos. ONU. Recuperado de (https://www.un.org/es/global-issues/human-rights#:~:text=Los%20derechos%20humanos%20son%20derechos,religi%C3%B3n%20o%20cualquier%20otra%20condici%C3%B3n.&text=Estos%20derechos%20corresponden%20a%20todas%20las%20personas%2C%20sin%20discriminaci%C3%B3n%20alguna).
  • CNDH. (2020). ¿Qué son los derechos humanos? CNDH. Recuperado de: (https://www.cndh.org.mx/derechos-humanos/que-son-los-derechos-humanos).
  • Universidad Latína de Ameríca. (2007). La Dignidad Humana: Núcleo Duro de los Derechos Humanos. Revista jurídica IUS. Recuperado de: (https://ti.unla.edu.mx/iusunla28/reflexion/La%20Dignidad%20Humana.htm#:~:text=La%20dignidad%20humana%20es%20un,atentar%20contra%20ella%5B69%5D).