Clase digital 3. Formas de adquirir bienes por parte del estado, reguladas por el derecho público

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Formas de adquirir bienes por parte del estado, reguladas por el derecho público

1. Fundamentación del tema

El presente tema corresponde a la UDA “Derecho Administrativo III”. La importancia de conocerlo radica en saber acerca del Estado frente a los bienes sobre los cuales tiene dominio y derecho, desde los de origen hasta los que son adquiridos por medio de figuras como la expropiación, requisición, fideicomiso o nacionalización.

2. Objetivo didáctico

Comprender el proceso de adquisición de bienes por medio del cual el estado puede obtener los mismos, para que el lector pueda entender el proceso administrativo que tutela el derecho para el beneficio social.

3. Contenido didáctico

Introducción

¡Hola! Bienvenidas y bienvenidos a este recurso didáctico. En él, nos adentraremos en entender las diferentes formas en que el estado puede adquirir bienes, diferentes a los que ya tiene y que vimos en el tema I (bienes de propiedad originaria), mismas formas que son reguladas en nuestro sistema jurídico y que son parte del derecho público.

Te invito a que continúes aprendiendo acerca de este tema y termines los dos recursos preparados para el desarrollo del presente tema.

¡Comencemos!

Desarrollo del tema

El estado por naturaleza es dotado de bienes de propiedad originaria, mismos que son regulados por nuestro sistema jurídico mexicano. No obstante, existen formas de adquirir bienes de propiedad privada a dominio público por medio de una utilidad pública.

1. Formas de adquirir bienes por parte del estado, reguladas por el derecho público.

Formas de adquisición de bienes por parte del Estado en el régimen patrimonial del Estado. Dentro de los diversos procedimientos de derecho público, a través de los cuales el Estado puede adquirir bienes, se encuentran: la expropiación, la requisición, el decomiso y la nacionalización.

(Saúl Barajas, 2020: 1).

Dentro del presente tema es necesario mencionar que dichas formas serán estudiadas en primer lugar por la expropiación, seguido de la requisición, después la nacionalización y finalmente el decomiso administrativo.

Cabe señalar que las otras formas de adquisición (servidumbre administrativa y esquilmos) serán desarrollados en el siguiente recurso power point, por lo que te invito a que comprendas estas primeras formas.

3.1. Expropiación

La expropiación en México es definida por la doctrina jurídica como el acto administrativo del Estado que priva a una persona de su propiedad, ya sea parcial o totalmente, con la condición de que exista una causa de utilidad pública prevista en la Ley y mediante el pago de una indemnización.

(Elena, 2019: 1).

La primera forma de adquisición de bienes por parte del estado será la expropiación, misma que es la más recurrente debido a que el crecimiento urbanizado ha tenido un incremento en los últimos tiempos. Como lo indica la autora Elena, uno de los requisitos para que se pueda actualizar la expropiación es la causa de utilidad pública. ¿Qué es la utilidad pública? Es la necesidad social que predomina sobre un interés particular, mejor dicho de otra forma, un medio empleado para la defensa nacional o para el mantenimiento de la paz pública.

3.2. Requisición

“La requisición es un procedimiento administrativo unilateral de cesión forzada de bienes, que implica una limitación a la propiedad privada principalmente inmuebles, para satisfacer urgentes propósitos de utilidad pública y mediante la indemnización correspondiente”.

(Samantha, 2012: 72).

La requisición es otra de las formas en que el estado puede adquirir bienes, principalmente inmuebles y con una justificación de utilidad pública, añadiendo a diferencia de la expropiación la urgencia y con una indemnización económica.

Entonces, por medio de esta figura el estado pone a su disposición bienes de dominio privado para el uso y aprovechamiento público, pasando éstos al dominio público.

3.3. Nacionalización o estatización

“Significa acción y efecto de nacionalizar; se ha considerado por los Estados soberanos como la potestad que tienen, para asumir o recobrar una actividad económica que había estado mayormente sujeta a la acción de los particulares”.

(Samantha, 2012: 76).

El fundamento legal de la nacionalización se encuentra en los artículos 25 y 28 Constitucionales.

Otra de las formas en que el estado adquiere dominio de bienes privados es la nacionalización, misma que no es muy usual pero se ha dado a lo largo de la historia de nuestro país. Como su definición lo indica, es el proceso por medio del cual el Estado mexicano compra servicios, bienes o instituciones de índole privada y las convierte en públicas.

Un claro ejemplo es la expropiación petrolera de 1938, en el fondo, fue una nacionalización, por virtud de aquella se hizo ingresar al patrimonio de la nación una universalidad de bienes: fondos petroleros, instalaciones, barcos, vehículos, tecnología.

3.4 Decomiso administrativo

“El decomiso es la privación de los bienes de una persona, decretada por una autoridad judicial o administrativa a favor del Estado, y ello representa una sanción, por la infracción a una norma penal o administrativa”.

(Samantha, 2012: 75).

Finalmente, el decomiso administrativo es una sanción jurídica por medio de la cual el particular pierde la propiedad de bienes por la infracción o delito estipulado en el ordenamiento jurídico correspondiente. Entonces, el estado pasa a ser el nuevo propietario de dichos bienes económicos o materiales.

Una de las principales legislaciones es la ley de extinción del dominio. Un ejemplo puede ser una de las casas de Joaquin Guzmán “El chapo” en donde fueron trasladadas al dominio del estado mexicano, posteriormente el presidente de México decide que por medio de una rifa se obtendrá dicha propiedad. Entonces, se puede ver como el estado puede disponer totalmente sobre esos bienes, aunque en el pasado fueron de un particular, mismo que perdió la propiedad y posesión de esos bienes.Felicidades, has terminado el presente recurso, te invito a que continúes aprendiendo con el siguiente recurso digital Presentación: Formas de adquirir bienes por parte del estado, reguladas por el derecho público que accederás a él por medio del siguiente link.

Resumen e ideas relevantes

Es importante que de lo anterior recuerdes que: 

  • La expropiación requiere de la condición de existencia de una causa de utilidad pública prevista en la ley, incorporando el pago de una indemnización.
  • La requisición es un procedimiento administrativo unilateral de cesión forzada de bienes.
  • El decomiso es la privación de los bienes de una persona, decretada por una autoridad judicial.
  • El fundamento legal de la nacionalización se encuentra en los artículos 25 y 28 Constitucionales.

Fuentes de consulta

  • Saúl Barajas. (2020). Formas de Adquisición de Bienes por Parte del Estado. Enciclopedia jurídica Online. Recuperado de: https://mexico.leyderecho.org/formas-de-adquisicion-de-bienes-por-parte-del-estado/#:~:text=el%20Derecho%20Administrativo.-,Formas%20de%20Adquisici%C3%B3n%20de%20Bienes%20por%20Parte%20del%20Estado%20en,el%20decomiso%20y%20la%20nacionalizaci%C3%B3n
  • Elena Warman. (2019). La expropiación ejidal en México: una historia de injusticia y corrupción. Desarmar la corrupción. Recuperado de: https://contralacorrupcion.mx/la-expropiacion-ejidal-en-mexico-una-historia-de-injusticia-y-corrupcion/
  • Samantha Gabriela López Guardiola. (2012). Derecho Administrativo II. Red Tercer Milenio. Recuperado de: http://www.aliat.org.mx/BibliotecasDigitales/economico_administrativo/Derecho_administrativo_II.pdf