Clase digital 5. Protección de los incapaces

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Protección de los incapaces

1. Fundamentación del tema

El presente tema corresponde a la UDA “Historia del Derecho (Derecho Romano)”. La importancia de conocerlo radica en entender la importancia que tienen las figuras de protección a los incapaces y las vertientes de desarrollo de las mismas en el marco normativo nacional.

2. Objetivo didáctico

Comprender las figuras de protección de los incapaces en el marco normativo nacional para el desarrollo pleno de los mismos en la actualidad.

3. Contenido didáctico

Introducción

¡Hola! Bienvenidas y bienvenidos a este recurso didáctico. En él, nos adentraremos en la comprensión de figuras jurídicas que tutelan y protegen a los incapaces en sus diferentes tipos. Con esto se brinda seguridad jurídica por parte del Estado en relación con ellos y con sus familias, dotándolos de las mismas posibilidades en un panorama de igualdad y una atmósfera de respeto.

Te invito a que analices con detalle cada tema y te sumerjas en la asombrosa historia del derecho romano.

¡Comencemos!

Desarrollo del tema

5.1. Tutela; definición, efectos, requisitos, ejercicio, obligaciones del tutor, antes, durante y después del ejercicio de la tutela explicación de la autorictas y de la negotiorum gestio.- Excusas; voluntarias y necesarias.- Extinción de la tutela.- Su diferencia con la curatela.

Como se ha explicado con anterioridad, los incapaces son aquellas personas que no pueden gozar de sus derechos plenamente. Entonces, al encontrarse con este impedimento jurídico, el Estado les brinda condiciones de igualdad de acuerdo a sus posibilidades por medio de figuras jurídicas de protección para el desarrollo de sus vidas y actividades en los diferentes ámbitos de actuación.

Para comenzar, iniciaremos con la figura jurídica de la tutela, misma que por definición es,

La tutela es una institución jurídica que tiene por objeto la guarda y protección de la persona y los bienes del tutelado, y se aplica en casos de menores no emancipados que no se encuentren bajo la patria potestad de sus padres (por causa de muerte o abandono), incapaces, personas sometidas a patria potestad prorrogada (incapaces mayores de edad) y menores en situación de desamparo. .

(Fidelitis, 2021:1)

Como menciona la definición, la tutela es una institución jurídica que brinda una protección a una persona que se encuentra en situación desfavorable por alguno de los supuestos mencionados (estos pueden variar con el tiempo, contexto y lugar). Esto tiene como finalidad guardar y proteger a la persona en su integridad y a los bienes que tiene.

5.2.- Curatela.- Su concepto.- Quienes están sujetos a la curatela.- Clases de curatela.- Explicar la concensus curatorios.

En el mismo tenor, la curatela es otra de las figuras de protección. Ésta tiene aspectos que la distinguen de la tutela, mismas características diferentes que veremos para profundizar y aprender:

La curatela, por su parte, está dirigida a salvaguardar los intereses de personas que tienen limitada su capacidad de obrar por alguna circunstancia, aunque, a diferencia de la tutela, su ámbito de aplicación es mucho más restringido. Es una institución que suele utilizarse, en lo que a las personas con discapacidad se refiere, para la protección de aquéllas con una deficiencia mental leve. .

(Fidelitis, 2021:1)

Dicho lo anterior, la curatela es otra institución jurídica que tiene como fin proteger a la persona que se encuentra emancipada o fuera de ámbito de vida de una familia, principalmente (aunque pueden varias de acuerdo a la legislación tratante).

Ésta tendrá como objeto que una persona que tiene una discapacidad leve o alguna afectación motriz pueda ser guiada y protegida en determinada área de su vida: no necesariamente se habla de una discapacidad grave o afectaciones que tendrán trascendencia radical en sus vidas, y que se puede hablar desde un caso de una persona que gasta el dinero familiar en apuestas o vicios. Es considerado como una persona que tiene una afectación e inclinación a un derrame económico y por lo tanto se le asigna una persona que se encargue e salvaguardar esa área de su vida, limitándola cantidad y la forma de distribuir su economía.

Resumen e ideas relevantes

Es importante que de lo anterior recuerdes que: 

  • La tutela se ejerce sobre menores e incapacitados en los casos de incapacidad más grave, mientras que la curatela actúa sobre menores que ya estén emancipados y no tengan padres, los pródigos y los afectados por una incapacidad leve.
  • La principal diferencia entre tutela y curatela se encuentra en la capacidad de la persona.
  • La persona que está sujeta a tutela carece de capacidad y, por lo tanto, necesita una representación, el sometido a curatela es capaz, y sólo requiere un complemento de capacidad.
  • La persona que es nombrada tutor tiene la obligación de educar al menor o incapaz y procurarle una formación integral, además de administrar sus bienes y representarle en todos sus actos.

Fuentes de consulta

  • Fidelitis. (2021). Tutela y curatela. Recuperado de: https://www.fidelitis.es/tutela-y-curatela-incapacitacion-judicial/