
Rendición de cuentas y corrupción
Introducción
Te damos la más cordial bienvenida a la primera clase del curso “Obligaciones administrativas de las personas servidoras públicas: Acto entrega-recepción y Presentación de la Declaración 3 de 3”, esperamos que los temas a tratar, así como la información aquí brindada, abone a tu conocimiento sobre la materia de dichos deberes públicos.
A continuación, a fin de comprender la importancia que tiene en nuestro sistema jurídico el proceso de entrega-recepción y el proceso de declaración patrimonial, de intereses y constancia de presentación de declaración fiscal, es necesario ahondar en los conceptos que han rodeado la justificación de su implementación, como lo son la rendición de cuentas y el conflicto de interés.
Asimismo, es importante conocer brevemente el concepto de corrupción, para contextualizar la importancia del cumplimiento de las obligaciones antedichas.
A partir de estas bases es que se desarrolla el andamiaje que da lugar a las obligaciones de las personas servidoras públicas, por ello, es importante abordarlos y, una vez comprendidos, es posible entender su naturaleza como mecanismos de rendición de cuentas, y aún más importante, su relevancia para la sociedad.
Desarrollo del tema
1. Rendición de cuentas
De acuerdo con López y Merino, en su texto “La rendición de cuentas en México: perspectivas y retos”,1 se señala que la rendición de cuentas es un término teóricamente complejo; su ámbito práctico y operativo consideran una “elaborada y fina articulación de un amplio conjunto de normas, actores, instituciones y procedimientos” (p.1).
El concepto de rendición de cuentas tiene un origen anglosajón, basado en el término “accountability”, aunque hay autores que estiman que no se trata de una traducción exacta, ya que tiene una connotación distinta en Estados Unidos; sin embargo, como lo mencionan López y Merino, aludiendo a Andreas Schedler, la accountability tiene tres connotaciones en el español, para poder entender mejor su traducción:
- Fiscalización, responsabilidad, control;
- “La capacidad de asegurar que los funcionarios públicos respondan a sus acciones (answerability)”;
- “Hacer valer la ley”. (p. 2-3).
Es así como, la rendición de cuentas o accountability se presenta como un término complejo que se abarca desde diferentes perspectivas para poder ser comprendido y aplicado, y es precisamente, esta triple visión la que nos permite reconocer las características que debe tener un mecanismo de rendición de cuentas.
Al respecto, Andreas Schedler (2004) señaló que “la rendición de cuentas abarca de manera genérica tres maneras diferentes para prevenir y corregir abusos de poder: obliga al poder a abrirse a la inspección pública; lo fuerza a explicar y justificar sus actos, y lo supedita a la amenaza de sanciones”.2

Diagrama 1. Fuente: Elaboración propia con datos obtenidos de la obra de Andreas Schedler (2004): ¿Qué es la rendición de cuentas?
Esta perspectiva nos permite reconocer la relevancia de los mecanismos de rendición de cuentas que se encuentran reconocidos como obligaciones administrativas de las personas servidoras públicas, como lo son los procesos de entrega-recepción y de presentación de las declaraciones patrimoniales, de intereses y constancia de presentación de declaración fiscal, en los que podemos detectar la presencia de los tres elementos descritos por Schedler.
2. Corrupción
La Comisión Nacional Bancaria y de Valores, en el documento denominado “Guía para la prevención y detección de operaciones con recursos de procedencia ilícita en el sistema financiero derivadas de actos de corrupción” señala que, según la organización Transparencia Internacional (TI), la corrupción se define como “el abuso del poder para beneficio propio, y puede clasificarse en:
- Corrupción a gran escala: consiste en actos cometidos en los niveles más altos del gobierno, que involucran la distorsión de políticas o de funciones centrales del Estado, y que permiten a las PEP (Persona Políticamente Expuesta) beneficiarse a expensas del bien común.
- Actos de corrupción menores: radican en el abuso cotidiano de poder por PEP de bajo y mediano rango al interactuar con ciudadanos comunes, quienes a menudo intentan acceder a bienes y servicios básicos en ámbitos como hospitales, escuelas, departamentos de policía y otros organismos.
- Corrupción política: es la manipulación de políticas, instituciones y normas de procedimiento en la asignación de recursos y financiamiento por parte de los responsables de las decisiones políticas, quienes abusan de su posición para conservar su poder, estatus y patrimonio.”
2.1 Índices de corrupción en México
Derivado de la encuesta MCCI-REFORMA 20224, se obtiene que, la corrupción ocupa el tercer puesto en el ranking de los Principales problemas en México, por encima de la economía, el desempleo y la pobreza, siendo la inseguridad y el Coronavirus, los dos primeros lugares dentro de dicha clasificación.
¿La corrupción cuesta? Además del costo social, la corrupción tiene un costo económico para el país, pues, en el año 2021, se estimó que los costos de incurrir en actos de corrupción rondaron los 9500 millones de pesos5.
A nivel internacional, según la organización Transparencia Internacional, en el año 2022, México obtuvo 31 puntos de acuerdo con la escala del Índice de Percepción de la Corrupción (IPC)6, en el cual el “0” es equivalente a un alto nivel de percepción de la corrupción y el “100” significa percepción de un bajo nivel de corrupción, obteniendo el lugar 126 de 180 dentro del ranking del IPC, compartiendo su posición con Bolivia, Laos y Uzbekistán.
Por otro lado, en el combate a la corrupción ha habido un avance significativo e histórico, que tuvo origen a partir del impacto de la participación ciudadana y por iniciativa de ésta, no es más que el tema que hoy nos atañe, como lo menciona Amparo Casar, en su estudio “México: la Anatomía de la Corrupción, 3ra edición”7 (2020), el cual muestra una radiografía al interior del país, en términos de corrupción:
“Es de destacar que diversas organizaciones de la sociedad civil y de la academia elaboraron, recabaron las firmas necesarias y presentaron ante el Senado (marzo de 2016) la iniciativa ciudadana de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, conocida popularmente como la Ley Tres de Tres. Esta iniciativa, respaldada por más de 630 mil firmas, fue promulgada con algunas modificaciones en julio de 2016 y se convirtió en el mejor ejemplo de la potencia que puede adquirir la participación de la sociedad civil organizada.” (p.96).
En este sentido, cabe acentuar que la popularmente llamada Ley Tres de Tres, hace referencia y debe su nombre a las declaraciones de situación patrimonial, de intereses y constancia de presentación de declaración fiscal que están obligadas a rendir las personas servidoras públicas, producto de la exigencia ciudadana por una cultura de transparencia y rendición de cuentas.
Conclusión
Es menester comprender que, cuando el ciudadano y en específico, la persona servidora pública, asume como suya e interioriza la función de combate a la corrupción e importancia de la rendición de cuentas como deuda con la sociedad, se comienzan a romper los paradigmas y prácticas corruptas dentro del ejercicio de sus funciones.
En esta tesitura, resulta de relevancia entender el origen de las obligaciones de las personas servidoras públicas y haciendo un ejercicio introspectivo, nos damos cuenta que emergen de una exigencia ciudadana, que vela por una cultura de transparencia y rendición de cuentas, vigilante ante el ejercicio de la función pública y del uso del recurso público.
Por ello es que se han diseñado y perfeccionado políticas públicas encaminadas a involucrar a todo servidor público para lograr el efecto deseado: un adecuado cumplimiento legal que vaya diezmando la comisión de actos de corrupción que tanto dañan a todas las sociedades y que, en la nuestra, se encuentran sumamente arraigados.
De esta forma, comprendido el problema, la solución no es inmediata, sino que es necesario entonces, preguntarnos: ¿cómo, las personas servidoras públicas, desde nuestro ámbito de competencia, podemos aportar para diezmar la corrupción? Parte de las siguientes clases será entonces, conocer una parte de ese “¿cómo lo hacemos?”.
Fuentes de información
1López-Ayllón, S., y Merino, M. (2009). La Rendición de Cuentas en México: Perspectivas y Retos. Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM. https://www.studocu.com/es-mx/document/instituto-tecnologico-autonomo-de-mexico/derecho-publico/la-rendicion-de-cuentas-en-mexico-perspectivas-y-retos/14750755
2Schedler, A. (2004). ¿Qué es la rendición de cuentas? Cuadernos de transparencia. Instituto Federal de Acceso a la Información Pública [IFAI]. https://infocdmx.org.mx/capacitacion/documentos/JURIDICO08/LECTURAS/MODULO%202/RENDICIONDECUENTAS.pdf
3Comisión Nacional Bancaria y de Valores. (2019). Guía para la prevención y detección de operaciones con recursos de procedencia ilícita en el sistema financiero derivadas de actos de corrupción. https://www.cnbv.gob.mx/PrevencionDeLavadoDeDinero/Documents/Guia_Anticorrupcion_2019.pdf
4León, L. y Torhton, M. (2022). Encuesta MCCI-REFORMA 2022. Méxicanos contra la corrupción y la impunidad. https://contralacorrupcion.mx/encuesta-mcci-reforma-2022/
5Instituto Nacional de Estadística y Geografía [INEGI]. (2021). Encuesta Nacional de Calidad e Impacto Gubernamental. https://www.inegi.org.mx/contenidos/programas/encig/2021/doc/encig2021_principales_resultados.pdf
6Transparencia Internacional. (2022). Índice de Percepción de la Corrupción (IPC). https://www.transparency.org/en/cpi/2022/index/mex
7Casar, M. A. (2020). México: Anatomía de la corrupción (3ª ed.). USAID. https://contralacorrupcion.mx/wp-content/uploads/2021/02/anatomia-de-la-corrupcion-tercera-edicion.pdf