Clase digital 4. Trabajo de las mujeres

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Trabajo de las mujeres

Introducción

¡Felicidades porque has llegado a la última clase del curso! Ha sido un honor compartir contigo este andar de aprendizajes. Deseo que estas clases hayan cumplido con tus expectativas, y que al finalizar esta última alcancemos nuestro objetivo de identificar los fundamentos vigentes en materia de legislación laboral en México.

Como lo hemos analizado en las clases anteriores los trabajadores, al igual que los patrones cuentan con derechos, obligaciones y prohibiciones a cumplir para desarrollarse en el ámbito laboral, normadas y legisladas en la Ley Federal del Trabajo (LFT), así mismo la LFT como instrumento legislativo laboral promueve la garantía del trabajo en condiciones igualitarias para hombres y mujeres en función de la protección de las trabajadoras y trabajadores con responsabilidades familiares, asegurando la igualdad de trato y oportunidades.

Ante este contexto, las mujeres debido a su creciente participación en la economía del país, la LFT reglamenta el trabajo de las mujeres a favor del reconocimiento de la capacidad de desenvolverse en diferentes matices, con roles únicos y distintivos como el de la maternidad y la crianza, aspectos que deberían ser totalmente compatibles con su desarrollo laboral y profesional.

En esta última clase daremos sentido al trabajo de las mujeres sus derechos establecidos en capítulo V de la LFT, que establece como propósito fundamental la protección de la maternidad.

Ahora que hemos hablado un poco sobre el tema que está por venir, invito a continuar con la clase para reflexionar más a fondo. Estamos a punto de finalizar nuestro curso ¡ánimo sigamos adelante!

Desarrollo del tema

La LFT en su artículo 164 menciona la garantía de la igualdad de derechos y obligaciones de mujeres y hombres, garantía que se establece en lo general y específicamente en función de la protección de las trabajadoras y trabajadores con responsabilidades familiares, asegurando la igualdad de trato y oportunidades.

Las modalidades que se consignan en el Título V de la LFT tienen como objetivo principal la protección de la maternidad.

Cuando se ponga en peligro la salud de la mujer, o la del producto, ya sea durante el estado de gestación o el de lactancia y sin que sufra perjuicio en su salario, prestaciones y derechos, no se podrá utilizar su trabajo en labores insalubres o peligrosas, trabajo nocturno industrial, en establecimientos comerciales o de servicio después de las diez de la noche, así como en horas extraordinarias.

Art. 166. LFT

Se consideran labores peligrosas o insalubres las que, por la naturaleza del trabajo, por las condiciones físicas, químicas y biológicas del medio en que se presta el trabajo, o por la composición de la materia prima que se utilice, sean capaces de actuar sobre la vida y la salud física y mental de la mujer en estado de gestación, o del producto.

En este sentido, las madres trabajadoras tendrán los siguientes derechos:

Ilustración 1. Derechos de las madres trabajadoras. Fuente: Elaboración propia a partir de la LFT (2022).

Es importante resaltar que durante los periodos establecidos de descanso percibirán su salario íntegro. Así mismo el artículo 132 de la LFT menciona:

“El patrón tiene como obligación otorgar permiso de paternidad de cinco días laborables con goce de sueldo, a los hombres trabajadores, por el nacimiento de sus hijos y de igual manera en el caso de la adopción de un infante”.

Ahora que ya conoces sobre el trabajo de las mujeres normado por la LFT, te invito a reflexionar sobre los datos estadísticos del Instituto Mexicano para la Competitividad A.C. #MujerEnLaEconomía da clic en el siguiente enlace:

Conclusión

Uno de los retos más importantes en el ámbito laboral de nuestro país consiste sin duda alguna, en visibilizar la labor de las mujeres, en un marco igualitario, equitativo y de respeto, libre de discriminación y desigualdades sociales. Si bien, estos son de los temas que le duelen y señalan a nuestro país, podemos observar algunos avances en el empoderamiento de la mujer en el sector económico.

En este sentido, la LFT como instrumento legislativo en el marco laboral, promueve la garantía del trabajo en condiciones igualitarias para la protección de las trabajadoras y trabajadores con responsabilidades familiares, asegurando la igualdad de trato y oportunidades. Reconoce el trabajo de las mujeres teniendo como principal como objetivo la protección de la maternidad, a través de derechos y garantías para salvaguardar la seguridad de la madre trabajadora gestante como del bebé, así mismo ampara la protección del periodo de lactancia como refuerzo del vínculo madre e hijo.

Finalmente, resulta fundamental garantizar la oportunidad para el acceso y permanencia de las mujeres en el ámbito laboral, en igualdad de condiciones que favorezcan a la creación de una cultura de equidad y justicia social que reconozca el valor del trabajo productivo de la mujer para el progreso económico del país.

Te felicito por llegar hasta aquí, ha sido un gusto compartir en esta experiencia de aprendizaje, te invito a seguir enriqueciendo tus conocimientos con los cursos autogestivos con los que cuenta la Universidad de Guanajuato. 

Será un gusto volver a coincidir. ¡Hasta la próxima!

Fuentes de información