Licitaciones públicas
Introducción
¡Hola!
Es un placer encontrarte, espero que sigas gozando de una excelente salud y tengas buen ánimo por aprender cosas nuevas de este curso de Derecho Administrativo II, por ello te invito a la sexta clase.
En esta sesión abordaremos lo que se le denomina como Licitación Pública, su concepto y características.
¡No esperemos más, comencemos!
Desarrollo del tema
Concepto de Licitación Pública
La palabra licitación encuentra su origen en los vocablos latinos licitatio y onis, que son acción y efecto de licitar, es decir, “ofrecer precio por una cosa en subasta”
“La licitación, desde el punto de vista del derecho administrativo, es considerada como un procedimiento administrativo por el cual la administración pública elige como cocontratante a la persona, física o jurídica, que le ofrece las condiciones más convenientes para el Estado”
José Pedro López
“La licitación no es ni un contrato, ni un acto. Es un conjunto de actos; en suma, un procedimiento administrativo especial que tiene que ver con la formación del vínculo jurídico, con la forma de celebrar los contratos”
Roberto Dromi
Características de la Licitación Pública
Es un procedimiento, dado que se compone de una serie de actos regulados por las normas administrativas.
La finalidad de ese procedimiento es seleccionar a la persona, física o jurídica, con la cual habrá de celebrar un contrato determinado la administración pública.
La selección se hace sobre quien ha ofrecido las condiciones más ventajosas para la administración pública.
Principios Jurídicos de la Licitación
Publicidad
En general la publicidad es un requisito que rigen los procedimientos administrativos, y en el caso que nos ocupa, esto implica colocar al interesado ante la posibilidad de que conozca todo lo relativo a la licitación correspondiente, es decir, permitirle conocer todas las etapas de la misma.
Concurrencia
Implica que la administración pública abra la posibilidad de muchos oferentes o postores, con el fin de poder seleccionar la oferta con mejores condiciones que, cabe señalar, no se refiere únicamente a costos, sino que también alude a tiempos de entrega, calidad de los materiales o generación de fuentes de empleo.
Igualdad
La igualdad se hace presente para que la administración pública esté en posición de poder seleccionar la mejor oferta de las postuladas.
Para que la autoridad pueda hacer esa selección requiere que los oferentes se encuentren en igualdad de condiciones, sin permitirse discriminar o tolerar a favor de unos y otros, y de este modo se garantiza la selección de la oferta adecuada.
A manera de ejemplificar este principio en el párrafo quinto del artículo 26 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público señala:
“En los procedimientos de contratación deberán establecerse los mismos requisitos y condiciones para todos los participantes, debiendo las dependencias y entidades proporcionar a todos los interesados igual acceso a la información relacionada con dichos procedimientos, a fin de evitar favorecer a algún participante.”
Por su parte en el párrafo tercero del artículo 27 de la Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las mismas, contempla el mismo presupuesto legal.
Transparencia
Es entendido como el manejo claro de los recursos del erario público en cuanto a su manejo y destino, con eficacia y honradez, así como libre de toda duda respecto de las personas que los manejan.
Oposición o Contradicción
- Nace de la garantía constitucional del debido procedimiento
- Concurren varios oferentes, con intereses distintos.
- Se les permite participar en todas las etapas del procedimiento y, a fin de sostener esa condición de igualdad, se les debe dar vista o correr traslado cuando uno o de los oferentes se le considere afectado.
Fundamento legal de la licitación pública
El fundamento constitucional se encuentra contenido en el artículo 134, párrafos tercero y cuarto:
“Las adquisiciones, arrendamientos y enajenaciones de todo tipo de bienes, prestación de servicios de cualquier naturaleza y la contratación de obra que realicen, se adjudicarán o llevarán a cabo a través de licitaciones públicas mediante convocatoria pública para que libremente se presenten proposiciones solventes en sobre cerrado, que será abierto públicamente, a fin de asegurar al Estado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes.“
“Cuando las licitaciones a que hace referencia el párrafo anterior no sean idóneas para asegurar dichas condiciones, las leyes establecerán las bases, procedimientos, reglas, requisitos y demás elementos para acreditar la economía, eficacia, eficiencia, imparcialidad y honradez que aseguren las mejores condiciones para el Estado.”
Tipos de Adjudicación
Aunque se admiten dos tipos de licitación (pública y privada), la legislación no distingue entre éstas, pues en tanto la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas (artículo 27 LOPSRM) y de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (artículo 26 LAASSP)
- A) LICITACIÓN PÚBLICA
- B) INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS
- C) ADJUDICACIÓN DIRECTA
A continuación, te invito a revisar el siguiente video donde te explicaré las etapas o fases de las licitaciones públicas.
Requisitos genéricos de una convocatoria de licitación pública
Lucero Espinoza explica que la adjudicación conlleva los siguientes efectos:
- Libera a los licitadores, cuyas ofertas hayan sido desestimadas, de cualquier obligación, así como a retirar sus documentos y garantías.
- Notificada la adjudicación al beneficiario, queda concertada la contratación, con independencia de formalizarlo con el documento respectivo.
– Derecho del adjudicatario de ser indemnizado por los daños y perjuicios que se le ocasionen por la negativa del órgano convocante a la realización del contrato.
- Constituye un punto de partida conforme al cual comienzan a generarse los derechos y las obligaciones de las partes contratantes.
- Obliga a la administración pública a mantener inalterables las bases de la licitación.
- Da lugar a la obligación del adjudicatario de integrar la garantía del cumplimiento del contrato.
Excepciones a la licitación
1. Invitación a cuando menos tres personas (44 LOPSRM y 43 LAASSP)
2. Adjudicación Directa
- En la LOPSRM (43) y en la LAASSP (42) se establecen estas excepciones:
- Los supuestos en los que se puede adjudicar un contrato en esta modalidad los encontramos en el artículo 42 LOPSRM y en el 41 de la LAASSP.
Conclusión
En conclusión, para poder comprender cómo se lleva a cabo un procedimiento de licitación pública y la importancia que conlleva para las contrataciones públicas.
Los puntos principales para resaltar son los siguientes:
- La licitación pública es un procedimiento administrativo.
- Las etapas de la licitación pública son: autorización presupuestaria, preparación de las bases o pliego de condiciones, publicación de la convocatoria, presentación de ofertas o propuestas, apertura de ofertas, adjudicación y el perfeccionamiento del contrato.
- Se encuentran regulados estos procedimientos a nivel federal en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas y en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos del Sector Público.
Hemos llegado al final de la sesión y no me resta más que felicitarte por llegar hasta esta parte del curso. Te invito a que continúes con tu proceso formativo realizando la tarea asignada y mandarla como corresponde. Te encuentro próximamente.