Tema 2. Discriminación y violencia por motivos de género

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Discriminación y violencia por motivos de género

Desarrollo del tema

En general, la discriminación es un fenómeno social en el que da un trato de inferioridad a las personas o grupos por su origen étnico, nacional, religión, edad, género, opiniones, afiliación política, identidad y expresiones de género, orientaciones sexuales, condiciones de salud o discapacidad, estado civil, o cualquier otra cuestión, que vulnera la dignidad, los Derechos Humanos y las libertades de las personas. (CNDH, 2012)

Esta puede presentarse de distintas formas (CNDH, 2012):

  1. De hecho, cuando se da en las prácticas sociales o ante funcionarios.
  2. De derecho, cuando las propias normas establecen criterios que discriminan o generan distinciones injustificadas.
  3. Directa, cuando se utiliza como factor de exclusión, de forma explícita.
  4. Indirecta, cuando se da por la apariencia neutra de señalamientos o criterios prohibidos.
  5. Por acción, cuando se discrimina mediante la realización de una conducta.
  6. Por omisión, cuando no se realiza alguna acción que busca evitar la discriminación
  7. Sistémica, cuando esta se dirige a ciertos grupos en particular a través de discriminación de hecho o de derecho.

En este sentido, la discriminación por motivos de género es aquel trato distinto a causa del sexo, género, identidad de género, expresión de género u orientación sexual, que puede devenir de los prejuicios, estereotipos y roles de género. De manera específica, la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (1981) establece que la expresión «discriminación contra la mujer» refiere a “toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera” (art. 1).

La discriminación por motivos de género resulta también lesiva para las personas pertenecientes a las diversidades afectivas, sexuales y de género, quienes históricamente han visto restringidos sus derechos civiles, políticos y de acceso a la justicia. Un ejemplo de ello se vio reflejado en la pasada Encuesta Nacional Sobre Diversidad Sexual y de Género (ENDISEG 2021), donde el 58.9 % de la población mencionó no estar de acuerdo en que las parejas del mismo sexo puedan contraes matrimonio civil (p. 15). 

Por otro lado, la violencia es una forma en que se ejerce el poder sobre otras personas. En el caso de la violencia por motivos de género esta afecta principalmente a mujeres, niñas y personas de la diversidad sexual, que son quienes representan “lo otro” para el sujeto universal: hombre, cisgénero y heterosexual. Esta violencia busca afianzar la masculinidad, la supremacía masculina o la dominación de los hombres sobre las personas de estos grupos sociales. 

Si bien la violencia por motivos de género no es exclusivamente dirigida a niñas y mujeres, debido al carácter desproporcionado que tiene contra ellas es importante hacer puntualizaciones concretas al respecto (SCJN, 2020):

  • La violencia de género puede presentarse en la vida pública y en la vida privada
  • Uno de los problemas fundamentales es que suele ser invisibilizada y normalizada
  • Se trata de una agresión que se ha vuelto cotidiana y común.

De acuerdo con la Recomendación General No. 35 del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés), la violencia contra las mujeres es una forma de discriminación que inhibe su capacidad de gozar de sus derechos en igualdad de condiciones que los hombres. Se trata de “cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado” (art. 1, Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer “Convención de Belém Do Pará”).

En otras palabras, la violencia puede ser una manifestación de la discriminación, sin embargo, la discriminación tienen un espectro más amplio que se puede ver reflejado en el lenguaje. Un mecanismo de reconocimiento y respeto de todas las identidades lo encontramos en el lenguaje incluyente y no sexista, la omisión de su uso puede resultar lesiva para una persona, pues implica la negación de su identidad. Algunas personas consideran que es innecesaria la adaptación y/o “intervención” al lenguaje al utilizar una “x”, un “@”, una “e”, o bien referir al femenino y masculino de la palabra e inclusive señalan con mucha indignación que se detenta contra el lenguaje. No obstante, el sujeto neutro nombra en masculino, lo que invisibiliza a otras identidades. Debemos recordar que el lenguaje, las instituciones y las normas deben atender a todas las personas y, por ende, puede ser modificado, adaptado e intervenido para garantizar sociedades que respeten y garanticen los derechos de todas las identidades. 

Es importante reconocer que no podemos comunicarnos eficientemente con otra persona si no la reconocemos, y un primer acercamiento al respeto y garantía de los derechos de cualquier persona es existir como ser humano, lo que implica el derecho a ser nombrada. El uso del lenguaje incluyente y no sexista no es un capricho ni una moda, es un acto de justicia (Véase: Tesis Aislada con número de registro 2005793, SCJN, 2014 y Jurisprudencia con número de registro digital 2011430, SCJN, 2016). 

 Si te interesa conocer más al respecto, te invitamos a leer:

Guichard, C. (2018). Manual de comunicación no sexista. Hacia un lenguaje incluyente. INMUJERES.

A continuación, aprenderás a identificar las formas en que la violencia y la discriminación se manifiestan para que puedas comprender las acciones a implementar. Por ello, en los siguientes apartados abordaremos la clasificación de los tipos y espacios o ámbitos de la violencia, la violencia contra las mujeres de forma concreta y los mecanismos para la atención y prevención que puedes activar en caso de encontrarte a algún tipo de supuesto.