Aceptación y repudiación
1. Fundamentación del tema
El presente tema corresponde a la UDA “Derecho Civil V. La importancia de conocerlo radica en conocer sobre el proceso de una sucesión que está contemplada en el ordenamiento jurídico civil mexicano, así como entender la etapa de aceptación y repudiación como parte del proceso adjetivo en materia de sucesiones.
2. Objetivo didáctico
Comprender la etapa de aceptación y adjudicación en la materia de sucesiones, así como entender cada uno de los conceptos, sus devenires y la forma en que traen consecuencias procesales para la herencia del de cujus, obteniéndose las nociones generales sobre ésta etapa y poder diferenciar cada uno de los conceptos presentes en este tema.
3. Contenido didáctico
Introducción
¡Hola! Bienvenidas y bienvenidos a este recurso didáctico. En él, nos adentraremos en una de las etapas más importantes de la sucesión en general, ya que hablaremos sobre el proceso en el que los herederos acepten o repudien la herencia, ya sea los estipulados en el testamento (cuando hay testamento) o los que estipule la ley en el caso de cuando no hay testamento y se llama sucesión legítima.
Te invito a que aprendas cada proceso, concepto y despejes tus dudas con tus docentes académicos.
¡Comencemos!
Desarrollo del tema
En el artículo 1653 del Código Civil Federal se establece lo siguiente: “Pueden aceptar o repudiar la herencia todos los que tienen la libre disposición de sus bienes”.
Así que, cuando existe una sucesión testamentaria o legítima se brinda a los herederos a que acepten o repudien la herencia, ya que es un derecho que se adquiere por dicha calidad. Nadie está obligado a adquirir patrimonio por medio de herencia ni tampoco a repudiarlo.
10.1 El beneficio de inventario de los herederos
El beneficio de inventario y el derecho a deliberar, si bien están regulados conjuntamente y requieren de la formación de un inventario con las mismas formalidades legales, son figuras jurídicas diferentes. Para acogerse al beneficio de inventario debe aceptarse la herencia y, por tanto, una vez aceptada no se puede renunciar a ella.
- Aceptar la herencia: el llamado a la sucesión manifiesta de forma expresa o tácita su voluntad de aceptarla. La herencia se podrá aceptar:
- Pura y simplemente: En este caso, se aceptan los bienes y deudas de la herencia. El heredero responde con su patrimonio personal de las deudas hereditarias.
- A beneficio de inventario: En este caso, el heredero responde de las deudas del causante hasta donde alcance el patrimonio hereditario. El heredero no responde con sus propios bienes de las deudas de la herencia.
(Abogados y herencias. 2021 :1).
Entonces recordemos que la herencia es un conjunto de bienes pero también pueden ser de deudas cuando hay acreedores. Así que éste apartado nos indica del beneficio de inventario en donde se estipula que se paga primero las deudas con todo el patrimonio de la herencia pero no con el del heredero, aunque puede existir la posibilidad que los herederos no ganan nada por el excedente de deudas.
10.2. Precauciones que deben tomarse en caso de que la viuda quede encinta
En el artículo 1638 del Código Civil Federal se establece lo siguiente:
- Cuando a la muerte del marido la viuda crea haber quedado encinta, lo pondrá en conocimiento del juez que conozca de la sucesión, dentro del término de cuarenta días, para que lo notifique a los que tengan a la herencia un derecho de tal naturaleza que deba desaparecer o disminuir por el nacimiento del póstumo.
El derecho a heredar está sujeto a la vida, es decir, que desde la concepción un bebé puede ser heredero hablando de la forma legítima en donde la ley estipula que antes de la muerte del de cujus tuvo un hijo, mismo que será heredero, ya sea único o con otros.
Entonces, la viuda debe dar aviso al juez para que sea considerado su hijo como parte de los herederos, ya que es su derecho.
Felicidades, has concluido el presente tema. Te invito a que continúes aprendiendo con el siguiente tema.
Resumen e ideas relevantes
Es importante que de lo anterior recuerdes que:
- La vida de un bebé en vientre puede generar derecho de heredero.
- El beneficio de inventario de los herederos es un apartado que indica que primero se deben de pagar las deudas que los acreedores comprueben.
- La aceptación o repudiación de la herencia es a libre albedrío del heredero.
Fuentes de consulta
- Código Civil Federal. Artículo 1653. Justicia México. Recuperado de: https://mexico.justia.com/federales/codigos/codigo-civil-federal/libro-tercero/titulo-quinto/capitulo-iii/
- Abogados y herencias. (2021). ¿Qué es la aceptación de herencia a beneficio de inventario? Recuperado de: https://www.abogadosyherencias.com/aceptacion-herencia-beneficio-de-inventario/
- Código Civil Federal. Artículo 1638. Justicia México. Recuperado de: https://mexico.justia.com/federales/codigos/codigo-civil-federal/libro-tercero/titulo-quinto/capitulo-i/