Clase digital 2. Ciencia del derecho penal

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Ciencia del derecho penal

1. Fundamentación del tema

El presente tema corresponde a la UDA “Derecho penal I”. La importancia de conocerlo radica en comprender al derecho penal como ciencia jurídica y su relación con otras ramas del derecho y disciplinas científicas que ayudan a lograr el fin deseado. Recordemos que el derecho penal debe ser considerado la última fuente jurídica a la cual el Estado acuda para regular sus relaciones con la ciudadanía, es por tal motivo que conocerla es imprescindible para la formación jurídica de un estudiante.

2. Objetivo didáctico

Aprender acerca del derecho penal sus derivados jurídicos y científicos, con el objeto de entender las principales características de esta ciencia y su lugar dentro del sistema jurídico nacional, así como complementar los subsecuentes temas de la misma materia.

3. Contenido didáctico

Introducción

¡Hola! Bienvenidas y bienvenidos a este recurso didáctico. En él, nos adentraremos en el conocimiento y formación del derecho penal en sus diferentes vertientes de consolidación como materia, mismas que serán reflejadas desde el génesis de la materia, por medio de la parte básica y fundamental, hasta la que es considerada como preparación y entendimiento de los conocimientos que se desarrollaran en temas posteriores.

¡Comencemos!

Desarrollo del tema

2. Introducción al Derecho penal como ciencia.

El derecho penal es una de las ramas del derecho con una especial importancia y una singularidad educativa y esto es que es considerada la última intervención jurídica que el Estado debe de tener en relación con las personas de la sociedad, es por esto que existe un amplio sector del derecho que trata objetos de estudios específicos.

El derecho penal es considerado como ciencia debido a diversos aspectos, entre los más relevantes y estructurados es porque cuenta con un método científico y tiene un objeto de estudio. Dicho lo anterior, se entiende que el derecho penal nace como una parte del derecho que se encarga de regular un aspecto específico de la sociedad por medio de normas específicas, generando un panorama utópicamente regulado.

2.1 Objeto material y objeto formal de la ciencia del Derecho penal.

Para entender el apartado de objeto formal y material de esta rama jurídica es necesario remitirnos a la filosofía del derecho pero también a la teoría general del derecho, mismas que nos darán el sentido y la dirección necesaria para realizar un entendimiento claro.

Para comenzar, la filosofía del derecho nos indica que el objeto formal del derecho hace referencia acerca de la relación jurídica, o sea del deber jurídico y del derecho subjetivo que existen entre el ciudadano y el Estado. Ahora bien, en términos específicos de la materia, adentrándonos a la teoría general del derecho entendemos que es el interés del Estado para asegurar y garantizar las condiciones de existencia de la vida en sociedad.

Dicho lo anterior, el objeto formal del derecho penal refiere a la protección y tutela de los intereses del Estado frente a una sociedad cambiante, por lo tanto este debe de ser concreto pero flexible.

(Extraído de conocimientos generales del Mgdo. Daniel Federico Chowell).

Otro concepto sería: “El objeto material del derecho penal es la persona o cosa sobre la que recae de modo directo la acción típica”.

(Aula fácil, 2021:1).

De acuerdo a la definición del objeto material del derecho penal se entiende el sentido del Estado frente a la sociedad, ya que este será ahora en la persona o cosa sobre la cual el legislador ha establecido una acción típica (descrita en un ordenamiento jurídico penal).

2.2 La ciencia del Derecho penal como saber práctico.

El derecho es una ciencia multidisciplinaria debido a que para su ejecución se requiere del apoyo de diversas ciencias auxiliares en donde en conjunto se llega a la justicia penal. Puede ser una vertiente teórica en donde se genere un saber doctrinal y de estudio, pero también puede ser que haya una aplicación práctica en el devenir de legislar, sancionar o litigar la misma materia.

El derecho penal no es la excepción, la práctica es una de las vertientes del derecho de suma importancia y para la cual se necesita de un conocimiento específico de la misma materia. Es por esto que no se debe de exceptuar la praxis en el mundo del conocimiento.

Para nuestro Estado de Guanajuato, tenemos la legislación penal sustantiva en el Código Penal del Estado de Guanajuato y la legislación penal adjetiva en el Código Procesal Penal del Estado de Guanajuato. Ambos son complementarios y se suman a la parte práctica del derecho penal. En contraposición podemos ejemplificar la parte teórica por medio de los ilustradores y científicos penales como el Dr. Claus Roxin con sus diferentes obras literarias, mismas que dan sentido al derecho penal contemporáneo pero que muchas veces no son aplicables a nuestro sistema penal mexicano o incluso al derecho penal estatal.

2.3 La ciencia del Derecho penal como ciencia del espíritu.

De acuerdo con la enciclopedia Heder la expresión de ciencia del espíritu

  • Expresión que se debe a Dilthey […] En las ciencias del espíritu, lo que se estudia, es en definitiva, el mismos espíritu humano, o sus manifestaciones, regidas por el principio de finalidad o intencionalidad. Por ello el método adecuado de las ciencias del espíritu es la comprensión.

(enciclopedia Heder)https://encyclopaedia.herdereditorial.com/wiki/Ciencias_del_esp%C3%ADritu

Por lo que podemos entender que la denominación es propuesta bajo dos modelos epistemológicos contrapuestos, la visión positivista (método científico único y con validez para cualquier ciencia) y la sociológica positivista (método de las ciencias naturales) para explicar los hechos del mundo, que de acuerdo con Luz María Lorenzo.

  • Esto conlleva a dos supuestos lógicos que Dilthey considera indemostrables, uno la condicionalidad físico-material de la vida psíquica espiritual y el otro la imposibilidad del estudio de la experiencia interna ya que la misma es negada, todo es resumido a implicaciones lógicas y regularidades mutilando la realidad histórica.

(Lorenzo 2015; 3)

Es así que las ciencias del espíritu permiten el autoconocimiento y además estudiar lo que le hace único. 

  • El concepto de espíritu es el modo en que Dilthey entiende cómo se puede expresar este vasto y complejo modo de interacción y articulación que tiene el mundo humano y sus formas histórico-culturales objetivadas. El espíritu no es nous, un intelecto, sino vida resultante de la acción histórica del hombre en tanto ser que piensa, siente y quiere.

(Lorenzo 2015; 14)

En sentido de la definición de ciencia del espíritu anteriormente señalada encuentro que el derecho penal permite que el ser humano reflexione acerca de su comportamiento en determinados escenarios, ayuda a la cultura de la prevención del delito y de la reparación del daño, lo que brinda oportunidad de reflexión y cambio para la persona que no ha delinquido y también para la que lo hizo.

Felicidades, has finalizado este recurso correspondiente al tema II, te invito a que acudas al recurso Presentación. Ciencia del derecho penal, que es complemento del presente tema en donde se abordarán temas relacionados al estudio del derecho penal como ciencia cultural, como ciencia normativa y como ciencia hermenéutica. Prepárate porque este aprendizaje continuará.

Resumen e ideas relevantes

Es importante que de lo anterior recuerdes que: 

  • El derecho penal debe ser considerado como la última herramienta jurídica que el Estado debe usar.
  • El derecho penal tiene un sentido preventivo pero también repara daño.
  • Existe la legislación penal sustantiva y adjetiva en el Estado de Guanajuato.
  • La práctica no exime del estudio de la teoría penal, ambas son complemento.

Fuentes de consulta

  • Mgdo. Daniel Federico Chowell. Estudios de casos en materia penal. Universidda de Guanajuato.
  • Aula fácil. (2021). Sujetos y objetos del delito. Recuperado de https://www.aulafacil.com/cursos/derecho-legislacion/conceptos-basicos-de-derecho-penal/sujetos-y-objeto-del-delito-l36359#:~:text=%2D%20Objeto%20material%3A%20es%20la%20persona,modo%20directo%20la%20acci%C3%B3n%20t%C3%ADpica.&text=En%20estos%20casos%20no%20existe,consecuencia%20de%20una%20conducta%20t%C3%ADpica.
  • Enciclopedia Herder. (s.f). Ciencias del Espíritu. Recuperado de: https://encyclopaedia.herdereditorial.com/wiki/Ciencias_del_esp%C3%ADritu
  • Lorenzo Luz María (2015). La noción de «espíritu» en la filosofía de Wilhelm Dilthey. Recuperado de: file:///C:/Users/Acer%20P455/Downloads/3411-Texto%20del%20art%C3%ADculo-10811-1-10-20171103.pdf