El método del derecho penal
1. Fundamentación del tema
El presente tema corresponde a la UDA “Derecho penal I”. La importancia de conocerlo radica en conocer el proceso en el que el derecho penal adquiere su forma, por medio del método que se necesitará efectuar para obtener los resultados previstos en el origen de la materia.
2. Objetivo didáctico
Comprender y razonar el método empleado por el derecho penal para lograr el fin que persigue la materia y que el jurista tenga el acercamiento de la verdad por medio de la interpretación, sistematización y desarrollo de las disposiciones legales y las opiniones de la doctrina penal.
3. Contenido didáctico
Introducción
¡Hola! Bienvenidas y bienvenidos a este recurso didáctico. En él, nos adentraremos en el estudio de la dogmática penal, la interpretación y la forma en que esta materia tiene su relación con el sistema jurídico mexicano, ya que su estudio brindará las herramientas para una perfecta ejecución contemplando el sentido original de la norma con la esencia adecuada de las conductas tipificadas como delitos en los ordenamientos penales.
Te invito a que prestes atención en el desarrollo de cada tema y subtema correspondiente, ya que es un único recurso del presente tema.
¡Comencemos!
Desarrollo del tema
1. Concepto de Dogmática jurídico-penal.
- La dogmática es un método de estudio e investigación jurídica y su objeto de investigación es la norma. La característica de este método jurídico (sistema) es la interpretación de la ley. La ciencia penal se expresa a través de la dogmática como sistema, aspira a establecer las bases para una administración de justicia igualitaria y justa, ya que sólo la comprensión de las conexiones internas del Derecho liberan a su aplicación del acaso y la arbitrariedad.
(José, 1997:1).
Para comenzar este tema, es necesario que entendamos que el derecho penal es una ciencia y como tal tiene métodos de creación de normas pero también de interpretación de las mismas. Son creadas por el ser humano para su misma regulación en sociedad y es por tal motivo que se necesita de un método jurídico que ayude a su investigación e interpretación para un adecuado tratamiento en el ámbito necesario y correspondiente (ya sea al legislar, al juzgar o al interponer un recurso).
La dogmática jurídico penal ayuda a que esto pueda ser posible, a continuación veremos las funciones de la misma y su forma de aplicación en la vida práctica del jurista.
2. Las funciones de la Dogmática penal:
- “La dogmática cumple funciones fundamentales a favor del individuo frente al poder ilimitado del Estado. Sirve como instrumento de control, de seguridad, previsibilidad, certeza, y de límites”.
(José, 1997:2).
Como el Dr. José lo menciona con antelación, la dogmática penal no solo es ayuda del Estado en su fuerza coactiva, sino un apoyo para el individuo sujeta del sistema jurídico penal ya que le brinda una barrera limitante de actuación sobre los diferentes escenarios posibles, dándole una seguridad y certeza jurídica.
- “Las fuentes formales que integran el ordenamiento jurídico, basan el conjunto de la dogmática jurídica. Estas fuentes son: Ley y principios generales del derecho”.
(María de los ángeles, 2018:3).
Sin duda el conocer el origen de estas fuentes formales permite que el delimitar las funciones sea una acción que se brinde por consecuencia. En primer lugar tendremos a la ley, como máxima expositora del positivismo y atendiendo al principio de legalidad, y en segundo lugar a los principios generales del derecho, mismos que delimitan la parte no expresa del sistema jurídico penal mexicano.
a) Método de conocimiento del Derecho penal.
Como en todos los casos, el primer paso es el conocimiento de la materia tratante, es decir, llenarse del saber acerca del origen, sentido, función y fin para poder establecer los parámetros de regulación y limitación sobre los cuales el Estado podrá hacer frente en su derecho regulador. Es un método que permite conocer, interpretar e investigar acerca de la normativa vigente penal que existe en determinado territorio.
b) Averiguar el contenido de las normas penales.
Toda normativa penal ha sido creada por un poder o grupo de personas legisladoras que permitirán reflejar una protección ante escenarios vigentes territoriales. Encontrar el contenido de las normas no es una tarea fácil, ya que requiere de toda una investigación previa, de un sentido objetivo del sentir colectivo y de un reconocimiento jurídico sobre lo que es posible regular, prevenir y sancionar.
c) Garantía de los Derechos fundamentales del sujeto frente al poder del Estado.
Como sabemos, el Estado es el encargado de mantener un equilibrio social frente a los escenarios naturales y humanos posible, es por tal motivo que éste se encargará de regular lo que le sea posible, por medio de una cultura de la prevención pero también contemplando el no respeto de la normativa por medio de una sanción. Dicho lo anterior, el Estado cuenta con un poder ilimitado de primera instancia, es por tal circunstancia que el derecho le brinda un medio de actuación pero también un medio de limitación frente a los posibles escenarios de abuso de poder o autoridad.
De esta forma, el individuo sujeto a derecho se encuentra seguro de que hay un sistema jurídico que no beneficia a nadie, que es imparcial y que las reglas del juego han sido creadas en pro de la ciudadanía y del bienestar colectivo, es por tal motivo que el Estado actuará en el marco de respecto a la dignidad humana y derechos humanos.
d) Consecuencia del principio de intervención legalizada.
Como se ha venido analizando, el Estado se legitima para poder intervenir en los asuntos sociales en los que haya parte, por tal motivo se legaliza su adecuada intervención en asuntos de orden público y de interés social. Por ejemplo, en un asunto en materia mercantil, acerca de pagarés, el Estado no se encuentra legitimado para intervenir, ya que el interés no es colectivo ni hay afectación general, cuestión diferente en la materia penal, ya que como en otras unidades se ha tratado: es un asunto de última intervención del Estado, es decir, se agotaron todas las instancias posibles previas.
e) Función legitimadora. Procedimiento legal de creación de la norma.
La creación de una norma es un tema constitucional, ya que de primera instancia nuestra carta magna delimita tres poderes: ejecutivo, legislativo y judicial. El poder legislativo es el encargado de la creación de normas, aunque hay procedimientos extraordinarios para que se puedan realizar por medio de la ciudadanía o de un decreto oficial del presidente de la república mexicana, o en todo caso, por medio de resoluciones judiciales que se conviertan en jurisprudencia. Es necesario que las normas penales sean creadas por personas especializadas en la materia como lo son jueces por medio de sus sentencias en jurisprudencias, así como principalmente por el Congreso de la Unión para la materia federal y congresos locales para las materias estatales o locales.
f) El control del poder penal estatal.
Cada Estado es autónomo y se regula de maneras distintas, debido a que viven en realidades distintas. La constitución les da autonomía pero también establece parámetros regulatorios sobre los cuales deben de crear su normativa penal como la constitución nacional, tratados internacionales y ordenamientos de orden federal y aplicación general.
g) Los principales momentos en que se expresa la dogmática penal.
La praxis jurídica es un tema amplio, ya que se puede traducir en cualquiera de las diferentes modalidades en que el derecho penal tiene parte: desde la interpretación jurídica para resolver acerca de asuntos penales en juicios y recursos procesales hasta el estudio doctrinal y teórico para la enseñanza en aulas, pero esto no exceptúa que el poder legislativo lo use para el entendimiento de las normas y sus necesarias reformas, por mencionar otro ejemplo.
La dogmática penal debe estar presente en cualquier ámbito de aplicación del derecho penal, ya que con ella se interpreta el sentido de la norma pero también sus fines y alcances.
3. Las fases de la dogmática penal: Interpretación, sistematización y crítica.
Como se ha mencionado, la dogmática penal es un método de investigación que consta principalmente de tres fases, la interpretación que es el entendimiento e indagación acerca del sentido de la normativa penal, la siguiente fase es la sistematización que ayuda a dar orden, sentido y si es necesario se realiza una modificación pertinente y finalmente nos encontraremos con la crítica que ayudará a que los expertos en la materia brinden observaciones acerca de la normativa y se enriquezca más, acercándose a un perfeccionamiento constante.
Es muy importante que consideres usar este método a lo largo de tu vida universitaria y profesional, ya que lo que aquí se ha mencionado es enunciativo pero no limitativo. Te invito a que reflexiones y que investigues más acerca del tema por medio de las fuentes de apoyo que se dejan y no olvides consultarlo con tu profesor.
Resumen e ideas relevantes
Es importante que de lo anterior recuerdes que:
- El Estado interviene en los asuntos de orden público y de relevancia social.
- La dogmática penal requiere de interpretación, sistematización y crítica.
- La dogmática limita el poder del Estado frente al individuo.
Fuentes de consulta
- Urquizo Olaechea, José. (1997). Dogmática jurídico penal. Catedra – Espíritu del Derecho. Página 1. Recuperado de: https://sisbib.unmsm.edu.pe/bibvirtual/publicaciones/cathedra/1997_n1/dog_jur_pen.htm
- Urquizo Olaechea, José. (1997). Dogmática jurídico penal. Catedra – Espíritu del Derecho. Página 2. Recuperado de: https://sisbib.unmsm.edu.pe/bibvirtual/publicaciones/cathedra/1997_n1/dog_jur_pen.htm
- Vilchez Gil, Maria de los ángeles. (2018). Dogmática penal. Página 3. Recuperado de: https://ficp.es/wp-content/uploads/2019/03/Vilchez-Gil.-Comunicaci%C3%B3n.pdf